Colombia, Reportes

Apostilla impide que niñas y niños venezolanos de padres colombianos accedan a la nacionalidad

El vencimiento de una Circular que permitía la presentación de dos testigos colombianos, a falta del acta de nacimiento apostillada, complejiza el acceso a este derecho fundamental. El ETPV se abre como ventana alterna de regularización, “pero no es lo ideal”, advierten expertos.

Reporte Proiuris

Franco y Fabiola Guerra son 2 migrantes adolescentes venezolanos que lograron nacionalizarse como colombianos en abril del 2019 en Montería, una ciudad de la costa colombiana. Aunque hayan nacido en el extranjero, ambos accedieron a la nacionalidad por nacimiento por ser hijos de padre colombiano. 

En aquel entonces, gracias a la Circular 064, -una medida excepcional para la inscripción extemporánea de hijos de colombianos nacidos en Venezuela- a falta del acta de nacimiento venezolana apostillada, los solicitantes podían iniciar el proceso al llevar 2 testigos colombianos que dieran declaración jurada de haber presenciado, asistido o tenido noticia directa y fidedigna del nacimiento.

A esta alternativa se acogió la familia Guerra para nacionalizar a los hermanos. Actualmente, Franco y Fabiola tienen su registro de nacimiento colombiano (lo que sería en Venezuela el acta de nacimiento) y su tarjeta de identidad, un documento de identificación para los menores de edad en Colombia.

Cerca de 600 mil personas nacidas en Venezuela con padres colombianos, que no habían podido apostillar su acta de nacimiento por causa de los costos elevados del proceso y los interminables tiempos de entrega, se beneficiaron por esta circular publicada el 18 de mayo del 2017.

Pero Antonio, el hijo menor de los Guerra, hermano de Franco y Fabiola, no ha podido gozar del mismo beneficio, puesto que enero del 2021, cuando llegó con su mamá Daniela a Colombia para reencontrarse con sus familiares, la circular ya estaba expirada y no hay indicios de que la Registraduría Nacional del Estado Civil vaya a renovarla.

“Es frustrante”, se limita a decir Daniela, quien en varias ocasiones ha visitado ha visitado la Registraduría Civil de Montería para implorar que le acepten el acta de nacimiento de su hijo legalizada, para avanzar en su derecho hacia la nacionalización por nacimiento. La respuesta siempre es negativa: “Sin el documento apostillado, no se puede hacer nada”.

Incertidumbre ante la posible renovación de la Circular 064

Desde el 2015, el acceso a la nacionalidad ha sido uno de los desafíos que encuentran los retornados colombianos y sus familiares al regresar a Colombia. La Circular 064 significaba un aliciente para esquivar el espinoso camino del apostillado en Venezuela, un país que sigue sumido en una crisis humanitaria compleja y un régimen político cuestionado en el mundo.

Aunque no ha habido declaraciones públicas de la Registraduría Nacional del Estado Civil sobre el vencimiento de la medida, expertos relacionan la decisión con una red de corrupción que durante dos años fue investigada y que terminó en la nulidad de Registros Civiles falsos que fueron vendidos por registradores y notarios públicos a personas venezolanas que no tenían ningún parentesco con colombianos.

Se trataba de una red de corrupción que se encargaba de manipular registros de nacimiento y avalar declaraciones de falsos testigos que, a cambio de un dinero, manifestaban que los extranjeros eran hijos de colombianos.

En la investigación publicada por el periódico colombiano El Espectador, en junio del 2021, se reveló que la Registraduría realizó auditorías en las que descubrió que los registros de nacimiento presentados por varios venezolanos eran falsos y que en los nombres de sus padres pusieron a personas que ya habían fallecido. También se encontraron inconsistencias en los sellos de documentos apostillados en Venezuela.

Relacionado o no, lo cierto es que esta medida excepcional podía ser renovada cada 6 meses. El pasado 14 de noviembre del 2020 expiró y no ha habido más órdenes de su reactivación, agudizando la situación de miles de personas que están en la misma situación que los Guerra: no poder nacionalizar a sus hijas e hijos.

La nacionalidad, un derecho humano y constitucional

La nacionalidad es un derecho humano y constitucional y ninguna persona puede ser privada de ella, de acuerdo con lo que dicta la Constitución de Colombia. No obstante, la obligatoriedad en la presentación del apostillado limita el goce de este derecho a hijos e hijas de padres colombianos provenientes de Venezuela.

Sin cifras oficiales de cuantos niños, niñas y adolescentes se encuentran en la misma situación de Antonio, sin regularización migratoria y sin nacionalidad por nacimiento, algunas plataformas de atención a los migrantes y refugiados venezolanos en Colombia asoman una realidad desalentadora.

Keila Vílchez, editora del portal Estoy en la Frontera, iniciativa que, entre otras cosas, brinda orientación en tiempo real a migrantes, refugiados y retornados colombianos, asegura que las dudas sobre el acceso a la nacionalidad colombiana figura entre las preguntas frecuentes diarias.

“Todos los días nos escriben a nuestro número de WhatsApp entre 5 y 10 usuarios que buscan informarse sobre los requisitos para nacionalizar a sus hijos e hijas en Colombia. Todos refieren que no cuentan con la apostilla, debido a las dificultades para conseguirla en Venezuela. Nosotros les brindamos la orientación pertinente y la información de ONGs que pueden darles orientación jurídica gratuita si así lo necesitan”, explica la representante.

 
Reconoce que “es muy difícil” la situación, puesto que la mayoría de los padres “buscan brindarle una mejor calidad de vida a sus hijos y eso comienza con la nacionalidad, el acceso a la salud y a la educación”.

Eso es lo que busca, precisamente, Daniela: inscribir a su hijo Antonio en el sistema de salud para que, al igual que sus hijos mayores Franco y Fabiola, el niño de 5 años pueda recibir atención médica general y nutricional.

El ETPV, ¿reemplazo de la nacionalidad colombiana?

Durante el conversatorio ‘Niñez Migrante y Refugiada cobijada por el Estatuto’, espacio virtual que cuenta con el apoyo del Grupo Interagencial de Flujos Migratorios Mixtos (GIFMM), Olga Naranjo expuso la situación de su hija Camila Sofía, una menor de 8 años que tampoco ha podido acceder a su derecho a la nacionalidad.

Su pregunta estuvo enfocada sobre el alcance del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) como vía alterna para que su hija acceda a la regularización en Colombia.


El coordinador de Protección de Niñez del Comité Internacional de Rescate, Carlos Miranda, indica que acceder al ETPV no es lo ideal, “porque la niña tiene derecho a la nacionalidad”, agregando que el estatuto podría ser una puerta para el acceso a derechos para regularizarse, “pero es una medida extraordinaria y lo que se busca es una transición hacia los diferentes regímenes ordinarios como la visa”.

María Alejandra Rodríguez, Asistente de Protección de la Suboficina de Acnur Cúcuta, coincide con Miranda. Indica que el ETPV en ningún momento intenta reemplazar a la nacionalidad colombiana.

De acuerdo con sus palabras, ante la barrera de la apostilla, «lo ideal es que la familia ingrese a una organización que les dé orientación profunda para tomar acciones legales que ayuden a encontrar alternativas, iniciar el proceso, tocar la puerta del Estado, de la Registraduría Nacional».

Ambos expertos destacan que el ETPV de ninguna manera pretende ser un llamado a aquellos que no han podido optar por la nacionalidad, pues la nacionalidad colombiana contempla una serie de derechos que son superiores a este mecanismo de protección temporal de 10 años.

Pero, por lo pronto, el ETPV es la única opción que tienen tanto Antonio como Camila para regularizarse en Colombia ante la imposibilidad de gozar de la identidad colombiana por falta de un apostillado.

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