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¿Qué pasará con los migrantes venezolanos que se encuentran irregulares en Colombia?

Foto cortesía de: Nicolò Filippo Rosso

Reporte Especial Proiuris.

El pasado 1º de marzo de 2021 fue expedido el Decreto 216, por medio del cual se expidió el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo el Régimen de Protección Temporal. Es una medida sin precedentes dentro del ordenamiento jurídico colombiano, pues a diferencia de las experiencias pasadas, su intención es regularizar al mayor número de personas venezolanas.

Que-sucederá-con-nosotros

El Estado reconoce que a pesar de los esfuerzos realizados mediante las medidas de flexibilización migratoria, el ingreso de migrantes venezolanos a Colombia “con intención de permanencia continúa en ascenso y, desde el mes de septiembre de 2019 se evidencia que el número de migrantes con estatus migratorio irregular corresponde a un porcentaje mayor que aquellos cuya situación se haya regularizado”[1].

De esta forma, el Gobierno de Colombia ha manifestado que uno de los objetivos principales del Estatuto será el incentivar la migración regular, permitiendo que quienes hubiesen ingresado de forma tanto regular como irregular, antes del 31 de enero de 2021, tendrán la oportunidad de acceder al Permiso por Protección Temporal, que les permitirá permanecer en Colombia por un término de 10 años.

La ampliación en la cobertura a la población venezolana es sin duda un paso hacia delante, pues tal y como se ilustró arriba, es mayor el número de nacionales provenientes de Venezuela que se encuentran irregulares[2] en el país. A pesar de ello, el diseño del Estatuto abre una duda frente a qué sucederá con aquellas personas que hubieran ingresado después del 31 de enero de manera irregular. En un nuevo informe elaborado por la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos[3] (OEA) se advirtió que el flujo migratorio de venezolanos durante el 2021 ascenderá a 7 millones de personas y continuará su escalada.

Estas circunstancias además son altamente problemáticas, debido a que la frontera colombo-venezolana continúa cerrada[4]. Dicho cierre, lejos de disminuir el flujo migratorio irregular, aumenta el grado de vulnerabilidad y peligro al que diariamente se ven enfrentados quienes intentan llegar a Colombia u otros países de destino. A lo largo del 2020 y en lo corrido del presente año Proiuris ha tenido la oportunidad de indagar más de cerca cuáles son los peligros y circunstancias a los que se ven obligados los migrantes y refugiados en frontera.

La organización corroboró las dinámicas de corrupción que existen en dicha zona para permitir el paso de migrantes desde Venezuela hasta Colombia. Se ha dado cuenta de que no solo los obligan a pagar altas sumas de dinero, sino que además, son más proclives a ser víctimas de violaciones, trata de personas y demás abusos por parte de los grupos que controlan los territorios.

A pesar de los riesgos que implican atravesar la frontera, todas las personas con las que Proiuris se ha podido comunicar concuerdan que prefieren tomar el riesgo a seguir padeciendo las precarias situaciones que la crisis humanitaria compleja ha ocasionado en su país. Por todo lo anterior, el limitar el acceso al Estatuto Temporal de Protección tan solo a aquellas personas que hubieran ingresado de manera irregular a Colombia antes del 31 de enero, ignora que la migración desde Venezuela seguirá sucediendo, disminuye las posibilidades de lograr el objetivo de regularizar al mayor número de nacionales venezolanos y además, “contradice el reconocimiento que el mismo proyecto de decreto hace en sus considerandos, cuando afirma que la irregularidad migratoria pone a las personas migrantes en una mayor situación de desprotección”[5].

Vale la pena destacar que, a parte del Permiso por Protección Temporal que se le otorgará a los migrantes venezolanos, en virtud del Estatuto, las únicas medidas de regularización migratorias posibles serán presentar, cuando sea el caso, la solicitud para el reconocimiento de la condición de refugiado o aplicar a una visa El alto grado de vulnerabilidad, la falta de documentación y de recursos económicos, así como la apremiante necesidad de poder acceder al mercado laboral y a servicios de salud, hacen que acudir a la solicitud para el reconocimiento de la condición de refugiado o la obtención de una visa se vuelva muy difícil.

El señor José Hernández y su familia contaron a Proiuris que salieron desde el Estado de Carabobo rumbo a la ciudad de Cali y que desde su salida hasta la frontera, la Policía Nacional Bolivariana y transportistas les cobraron más de 100,000 pesos colombianos entre fletes ilegales y trayectos hasta determinados puntos.

Luz Rodríguez contó a Proiuris que tuvo que pagarle a un vecino la suma de 500 dólares para poder acercarse al estado de Táchira y que incluso ya estando dentro del territorio colombiano tuvo que darle los únicos 10,000 pesos colombianos que le quedaban a un grupo de hombres que la amenazaron.

Por este motivo, eliminar esta limitación temporal, permitiría cumplir plenamente con el objetivo de regularizar a la población venezolana que se encuentre en el territorio, reconociendo que el “ingreso de forma irregular va a seguir ocurriendo y que este, en la mayoría de los casos, se debe a la imposibilidad de cumplir con los requisitos de la normatividad migratoria vigente, en particular, la necesidad de contar con un pasaporte”[6].


[1] Colombia, Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Decreto 216 del 1º de marzo de 2021. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20216%20DEL%201%20DE%20MARZO%20DE%202021.pdf

[2] “Unidad Administrativa Especial Migración Colombia”, Distribución de Venezolanos en Colombia – Corte 31 de Enero de 2021, acceso el 26 de mayo de 2021. https://www.migracioncolombia.gov.co/infografias/distribucion-de-venezolanos-en-colombia-corte-31-de-enero-de-2021

[3] “Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos”, crisis de migrantes y refugiados venezolanos, acceso el 4 de febrero de 2021,  http://www.oas.org/fpdb/press/OEA_Dic20-crisis-de-migrantes-y-refugiados-venezolanos-informe-de-situacion.pdf

[4] El 19 de mayo el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia abrió la frontera con Brasil, Ecuador y Panamá. Sin embargo, no se pronunció frente a Venezuela.

[5] “Universidad de los Andes”, Comentarios al proyecto de decreto que crea el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos: hoy más vigentes que nunca ad portas de la reglamentación, acceso el 27 de mayo de 2021. https://derecho.uniandes.edu.co/sites/default/files/comentarios-proyecto-de-decreto-estatuto-temporal.pdf

[6] Ibídem.

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