Colombia

Todo lo que debes saber sobre el reconocimiento de la condición de refugiado en Colombia.

Esta serie de videos buscan ilustrar de manera sencilla y clara en qué consiste la figura del refugio, así como el procedimiento para poder obtener el reconocimiento de la condición de refugiado en Colombia. Es importante resaltar la importancia de esta figura, pues debido a las circunstancias particulares que persisten en Venezuela, actualmente Colombia es el segundo receptor de población refugiada a nivel mundial, después de Turquía.

 ¿Qué es el refugio?

Es un instrumento de protección internacional que busca amparar a los migrantes en ciertas circunstancias, como por ejemplo:

  • Cuando hayan sido perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo político o social (por ejemplo, la comunidad LGBTI).
  • Cuando se hayan visto obligados a salir de su país porque su vida, seguridad o libertad se han visto amenazadas por dinámicas de violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de derechos humanos u otras situaciones que hayan perturbado gravemente el orden público en el lugar donde residen.
  • Cuando estén en peligro de ser sometidos a tortura u otro tipo de tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Debes tener en cuenta lo siguiente cuando se habla de refugio:

  • El refugio es un derecho que se adquiere cuando el país donde deseas vivir te otorga dicha protección internacional.
  • Consciente de que el retorno a tu país de origen representa un peligro para ti, el gobierno a donde presentas la solicitud tiene la obligación de no devolverte. Esto se conoce como principio de no devolución.
  • El refugio, a diferencia de medidas como el Permiso Especial de Permanencia (PEP), se extiende a personas como:

-Tu cónyuge o compañero/a permanente.

-Tus hijos menores de edad.

-Tus hijos mayores de edad hasta los 25 años que dependan económicamente de ti.

-Tus hijos en condiciones de discapacidad.

-Los hijos de tu cónyuge o compañero/a permanente que encajen en cualquiera de las circunstancias mencionadas anteriormente.

  • La autoridad en Colombia encargada de regular el refugio se llama Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado (CONARE). Es una dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores.

¿Qué derechos se otorgan al obtener la condición de refugiado en Colombia?

Cuando la autoridad competente considere que encajas en las condiciones para otorgarte el estatus de refugiado, te será entregada una visa “M”migrante con la cual podrás:

  • Permanecer en el país de manera regular y sin riesgo de ser devuelto a tu país de origen durante tres años renovables.
  • Tener permiso abierto de trabajo que te permitirá realizar cualquier actividad lícita en el territorio colombiano.
  • Afiliación al sistema de salud y seguridad social.
  • Acceso a la educación.

¿Qué debe hacerse para solicitar la condición de refugio?

1. presentación de la solicitud:

Opción 1:

Si te encuentras en Venezuela y consideras que tú y tu familia cumplen los requisitos para obtener el estatus de refugiado debes hacer lo siguiente:

1. Ingresar a la página de Migración Colombia y verficar cuáles son los puestos de control migratorio más cercanos a la zona de frontera por donde deseas ingresar al país.

2. Al llegar al puesto de control migratorio debes entregarle al funcionario tu solicitud de refugio. Este deberá remitirla en 24 horas a la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado (CONARE).

Opción 2:

Si ya ingresaste el territorio de Colombia y no presentaste la solicitud tan pronto pasaste por el puesto de control, deberás hacerlo directamente a la CONARE dentro de los siguientes dos (2) meses a tu llegada al país. En caso de que hayas excedido dicho término, podrás presentar la solicitud y deberás explicar los motivos por los cuales presentaste la solicitud de manera extemporánea.

Información que se debe aportar en la solicitud:

  • Nombres y apellidos completos del interesado y sus beneficiarios.
  •  Fotocopia del pasaporte o documento de identidad del país de origen o residencia actual.

Ten en cuenta que: en caso de que no puedas aportar ninguna de la documentación mencionada, las autoridades migratorias recibirán una declaración bajo la gravedad del juramento sobre tu identidad.

  •  Fecha y forma de ingreso al país.
  • Información de localización. Puede ser un número de teléfono, una dirección, o un correo electrónico.
  • Relato completo y detallado de los hechos en los cuales se apoya tu solicitud, es decir, que expliques las razones por las cuales consideras que tu situación encaja dentro de la definición de una persona refugiada.
  •  Documentos que soporten tu relato, en caso de que existan. Esto puede ayudar a darle mayor solidez a tu solicitud.
  • Fotocopia reciente a color 3*4, fondo azul.
  • Firma del interesado o interesada.
  • Manifestación expresa de voluntad de ser notificado.

2.Expedición del primer salvoconducto: Tan pronto se remita tu solicitud, Migración Colombia te expedirá un documento conocido como salvoconducto de permanencia. Con este documento podrás permanecer en el país de manera regular por un lapso de cinco (5) días. En este lapso de tiempo tu obligación es ratificar o ampliar la solicitud que relizaste. Deberás enviar dicho documento a la CONARE.

Ten en cuenta que: en caso de que no ratifiques la información o la amplíes, dicha entidad rechazará tu solicitud y como consecuencia, deberás abandonar el país.

3. Expedición del segundo salvoconducto: Si la CONARE aceptó tu solicitud con la respectiva aclaración, esta autorizará a Migración Colombia para que expida un nuevo salvoconducto de permanencia, el cual tiene una validez de 180 días, los cuales podrán prorrogarse hasta que la CONARE resuelva tu solicitud.

Ten en cuenta que: mientras se resuelve en definitiva tu solicitud, no podrás salir del país. Con este documento podrás permanecer de manera regular en Colombia, sin embargo, no te habilita para trabajar. Lo que sí puedes hacer es solicitar la aplicación de la encuesta SISBEN. En caso de que seas clasificado en los niveles 1 y 2, podrás afiliarte al sistema subsidiado en salud.

4. Entrevista al solicitante: Dependiendo de la dirección o el teléfono de contacto que dejaste, recibirás un correo de la CONARE citándote a entrevista. En ella, podrás relatar los motivos por los cuales necesitas acogerte a este mecanismo de protección internacional. Debes: (i) decir la verdad y ayudar al entrevistador a determinar los hechos del caso, (ii) aportar las evidencias disponibles, (iii) proporcionar toda la información pertinente acerca de ti mismo y de la experiencia por la que ha pasado.

5. Estudio del caso: Luego de la entrevista y luego de aportar todos los documentos necesarios, la CONARE analizará tu caso.

6.Decisión: En caso de que la CONARE considere que tu situación se enmarca en la condición de refugiado, te llegará la notificación de la decisión. El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a expedirte una visa M con la cual podrás permanecer en el país por un lapso de tres años prorrogables.

En caso de que rechacen tu solicitud:

  • Se te expedirá un salvoconducto de salida. Con él, tendrás 30 días para salir de Colombia.
  • En determinados casos, la CONARE podrá optar por otorgarte una visa V de cortesía que te permitirá permanecer en el país por un término de un año o más, sin posibilidad de prorrogarse.

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