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70 historias de venezolanas que huyen

Venezolanas que Huyen

Durante un año, de mayo de 2020 a abril de 2021, Proiuris documentó el curso de la migración forzada de 70 venezolanas que huyeron de la emergencia humanitaria compleja. Hoy presentamos los resultados a través de “Venezolanas que Huyen”, un reportaje multimedia y multiplataforma

Reporte Especial Proiuris

Venezolanas que huyen es el reporte final del trabajo de documentación de la migración forzada con enfoque de género realizado por Proiuris entre mayo de 2020 y abril de 2021.

La migración forzada internacional se ha ampliado y complejizado. Ya no solo se trata de desplazamientos originados por conflictos bélicos o catástrofes naturales, pues las emergencias que motivan las huidas masivas pueden obedecer a una violación sistemática de los derechos humanos en un país, como es el caso de Venezuela.

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Desde Proiuris consideramos necesario contribuir con el fortalecimiento del enfoque de género cuando se trata de migración forzada, así como construir una narrativa sobre las venezolanas que huyen a partir de la interseccionalidad. Ello necesariamente implica incorporar en el análisis y en los relatos las razones de la huida, así como la responsabilidad del Estado venezolano por los mayores riesgos que tienen ellas al momento de huir.

En este reporte especial, las historias de éxito están incluidas en la medida en que aparecen en una búsqueda aleatoria, pero sin sublimaciones artificiosas. La resiliencia de las venezolanas que huyen no se muestra como un atributo; más bien, en Proiuris estamos convencidas y convencidos de que todas ellas, independientemente de sus necesidades y capacidades, tienen derecho a ser respetadas y protegidas.

Son refugiadas y tienen derecho a ser protegidas

En términos conceptuales, partimos del estándar de protección que brinda la Declaración de Cartagena, acogida por los países de América Latina y el Caribe en 1984.

La Declaración de Cartagena amplía la definición de persona refugiada a toda aquella que huye de la violación sistemática de derechos humanos en un país. Ello independientemente de las políticas migratorias y la legislación interna de los países involucrados en el proceso de desplazamiento internacional.

Casi 30 años después, la Declaración de Cartagena es uno de los estándares de protección más favorables, justos y útiles para abordar la migración forzada venezolana.

Dos premisas orienta el abordaje de la migración forzada con enfoque de género por parte de Proiuris:

1) Las venezolanas huyen por la profundización de la emergencia humanitaria compleja en Venezuela, la cual implica el quiebre institucional del Estado venezolano, al extremo de que es materialmente incapaz de garantizar el ejercicio de derechos humanos esenciales como la seguridad alimentaria, el nivel más alto posible de salud y el empleo digno.

2) La carga de la migración forzada es más pesada para las muejeres, adolescentes, niñas y adultas mayores, por los estereotipos que generan violencias de género en el origen, el tránsito y el destino.

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Con las limitaciones derivadas de la contingencia sanitaria por la COVID-19, investigadoras de Proiuris ubicadas en Cúcuta, Bogotá, San Cristóbal y Caracas se aproximaron a 76 personas que huyeron hacia Colombia, 70 de ellas mujeres, adolescentes, niñas o adultas mayores.

El análisis de la información recabada es fundamentalmente cualitativo. En cada caso se intentó precisar: 1) las razones de la huida, 2) eventos significativos del desplazamiento desde el lugar de origen hasta el lugar de destino, y 3) las condiciones en que viven en Colombia, en términos de situación migratoria, alimentación, salud, empleo, educación y vivienda. 

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Consideramos que los relatos en voces de las protagonistas de cada historia son componentes de esa narrativa cercana, y sobre todo humana, del proceso de movilidad de las venezolanas que huyen; un proceso que, deliberada y maliciosamente, ha sido subestimado por el Estado venezolano. 

Creemos imprescindible evitar la revictimización de las venezolanas que huyen de Venezuela, sin dejar de mostrar las amenazas y desafíos  derivados del género.

La data recabada tiene vacíos relacionados con las incertidumbres que caracterizan una movilización sin mayor planificación y, en algunos casos, abrupta y violenta. Los resultados indican que hay una ideación de la migración que, precisamente por falta de información, no coincide con las experiencias vividas por las venezolanas que huyen.

Del Estado expulsor a las comunidades de acogida

Los datos recopilados también indican que la situación de precariedad derivada de la emergencia humanitaria compleja en Venezuela que expulsa del país a las mujeres, adolescentes, niñas y adultas mayores no se supera a corto plazo.

La mayoría de los testimonios incluyen episodios de discriminación, xenofobia y violencias basadas en género que dificultan, por ejemplo, la posibilidad de que ellas consigan un empleo digno y tengan acceso a alimentos de calidad, servicios de salud adecuados y viviendas dignas. 

En el ámbito laboral, 51 % de las venezolanas en Colombia no tiene un empleo digno, 25,71 % está en la economía informal, 25,71 % está desempleadas y apenas 10 % tiene un trabajo en la economía formal. 

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La inserción laboral en igualdad de oportunidades parece, por lo pronto, una aspiración y un desafío de las instituciones de los países de acogida, la sociedad civil y las organizaciones de cooperación internacional. Sin embargo, se trata de una tarea clave, pues las refugiadas y migrantes venezolanas requieren construir capacidades que les permitan consolidar su autonomía económica. Ello contribuiría al desarrollo integral de su personalidad y disminuiría los riesgos de ser víctimas de violencias basadas en género.

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De las 70 mujeres consultadas por Proiuris, 11,42 % completó educación primaria, 21,42 % educación secundaria y 18,57 % tiene estudios universitarios. De modo que, el derecho a la educación también es un reto pendiente.

La situación migratoria de las venezolanas que huyen, en la mayoría de los casos irregular, genera un efecto cascada pernicioso, pues puede ser un obstáculo insalvable para su integración económica, social y cultural en las comunidades de acogida.

La narrativa necesaria

El Estatuto Temporal de Protección a los Migrantes Venezolanos (ETPV), aprobado por el gobierno del presidente de Colombia, Iván Duque, el 1° de marzo de 2021, emerge como una gran posibilidad de encauzar el éxodo venezolano en los principios de migración regular, ordenada y segura, que inspiran el Pacto Mundial de las Naciones Unidas y la respuesta regional desde el Proceso de Quito.

Sin embargo, la regularización de casi un millón de personas procedentes de Venezuela es un proceso a mediano y largo plazo, mientras los apremios en materia de alimentación, salud, empleo, educación y vivienda son inmediatos y la atención diferenciada es impostergable, so poena de daños irreversibles.

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El enfoque de género es una prioridad en la construcción de una narrativa sobre la migración forzada venezolana y en ello deben contribuir, en primer lugar, los profesionales de la comunicación, en tanto formadores de opinión pública.

Proponemos una aproximación respetuosa a las venezolanas desde la interseccionalidad. En la medida en que se comprendan las necesidades y capacidades diferenciadas de cada mujer, adolescente, niña o adulta mayor que huye de Venezuela, se podrán identificar posibilidades de protección a corto, mediano y largo plazo.

Pretendemos fomentar la empatía con ellas y, en la medida de lo posible, promover llamados a la acción, desde las legítimas demandas de exigibilidad de derechos que puede y debe hacer la sociedad civil.

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Las violencias basadas en género son un lastre que suele acompañar a las venezolanas que huyen, en el origen, tránsito y destino del proceso migratorio. La carga adicional para ellas tiene que ver con una doble estigmatización: migrantes y mujeres.

Las violencias basadas en género que ponen en riesgo la salud física y mental, la integridad personal y la vida de las venezolanas que huyen, ameritan acciones inmediatas y, en ese sentido, las políticas públicas para erradicarlas merecen atención prioritaria en los países de origen, tránsito y destino.

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Lamentablemente, mientras el Estado colombiano hace esfuerzos por entender la migración como una oportunidad de desarrollo en todos los planos, el Estado venezolano niega la dimensión de la migración forzada venezolana y, de esa forma, figura como un Estado expulsor que incumple sus obligaciones de protección de los derechos humanos.

Aquí el reportaje completo sobre las Venezolanas que Huyen

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