Colombia

El ETPV y las diferencias entre regularización migratoria y nacionalización en Colombia

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El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) permitiría la regularización de la situación migratoria de casi 1,8 millones de venezolanos y venezolanas que están en Colombia. Pero, ¿cuál es la diferencia entre regularización y nacionalización? ¿Será este estatuto una ruta expedita para acceder a la nacionalidad colombiana?

Reporte Proiuris

Alicia Pepe

Con el anuncio del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), que permitiría la regularización de casi dos millones de personas refugiadas y migrantes que se encuentran en Colombia, puede ser útil precisar la diferencia entre regularización y nacionalización, y si el ETPV facilitaría la nacionalización de los venezolanos y venezolanas en ese país.

Juan Francisco Espinosa, director de Migración Colombia, ha explicado que el ETPV busca regularizar la situación migratoria de los venezolanos y venezolanas que huyen a causa de la emergencia humanitaria compleja, “con base en un conjunto de normas mínimas de los derechos humanos”, para evitar que en Colombia estén expuestos a situaciones de xenofobia, explotación laboral, violencia física, psicológica, sexual y de género.

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La regularización de la situación migratoria sobre la base del ETPV consiste en un proceso de identificación, registro y documentación formal, a través del cual el Estado colombiano se obliga a garantizar protección a los extranjeros y extranjeras. Todo ello fundamentado en el artículo 100 de la Constitución Política de Colombia, que establece que los extranjeros y extranjeras gozarán en el territorio de la República de las mismas garantías concedidas a las personas nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitución y la ley.

Dentro de estas limitaciones legales se encuentra el acceso al voto popular para elegir presidente y congresistas, de modo que él ETPV no correspondería a «una jugada política» de Iván Duque, con miras en las elecciones presidenciales de 2022.

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Además de promover la integración productiva a la vida laboral y social y la generación de condiciones de estabilidad, el ETPV procura que las y los refugiados y migrantes venezolanos puedan transitar al sistema ordinario en un período de diez años y eventualmente obtener una Visa de Residente.

Esta visa tiene vigencia indefinida y permite una estadía estable en Colombia, lo cual implica gozar de todos los derechos reconocidos a las personas con estatus de residente, como postularse a un empleo, afiliarse a la seguridad social, adquirir algún servicio financiero, emprender, entre otros.

Nacionalidad por nacimiento

Una de las diferencias entre regularización y nacionalización es que esta última es el vínculo jurídico, político y anímico entre una persona y un Estado.

En el Decreto 1260 de 1970 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, -la entidad colombiana encargada de otorgarla- se explica que en Colombia la nacionalidad se determina por la sangre, el suelo y el domicilio

En el artículo 96 de la Constitución colombiana, la nacionalidad se adquiere cuando se nace dentro del territorio, o si se nació en el extranjero y uno o ambos padres son colombianos. Estos son algunos casos específicos:

  • Si se tiene padre, madre a ambos padres colombianos
  • Aquellos que tengan padre o madre extranjeros y que alguno de ellos esté domiciliado en Colombia al momento del nacimiento
  • Que haya sido registrado en un Consulado de Colombia en el exterior.
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En Colombia, la nacionalidad se determina por la sangre, el suelo y el domicilio / Foto: Primicia

Las personas refugiadas y con vínculo sanguíneo colombiano y que no hayan sido registrados, deben recurrir a la “inscripción extemporánea en el Registro Civil colombiano de hijos de padre o madre colombianos nacidos en Venezuela”, una circular especial que emitió el gobierno colombiano para atender las múltiples solicitudes de nacionalización.

En la actualidad, una de las barreras para intentar la nacionalización es la presentación de un acta de nacimiento apostillada, que se establece como requisito imprescindible. Además, la emergencia sanitaria causada por la COVID-19 ha retrasado los procesos para obtener una cita de nacionalización en las Registradurías Civiles en Colombia.

Nacionalidad por naturalización

A diferencia de la nacionalidad por nacimiento, el acceso a la nacionalidad por naturalización es un acto discrecional del gobierno colombiano y pueden acceder a él aquellas y aquellos extranjeros que tienen más de un año con una Visa de Residente aprobada.

En este caso, es el Ministerio de Relaciones Exteriores el organismo encargado de aprobar la solicitud. Por tal motivo, como lo explica esta entidad en su página web oficial, la presentación de la solicitud de nacionalidad colombiana por adopción o el cumplimiento de los requisitos expuestos no implica la concesión de la nacionalidad.

Si luego del análisis de la documentación y el cumplimiento de los requisitos se considera conveniente la naturalización de la persona extranjera, la Cancillería expedirá Carta de Naturaleza o Resolución autorizando la inscripción de la persona como colombiana por adopción.

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Las personas venezolanas no están obligadas a renunciar a la nacionalidad venezolana para adquirir la colombiana. Generalmente, este tipo de solicitud se hace de forma virtual. Como sucede en otros países como Estados Unidos: la persona extranjera debe presentar exámenes de conocimientos de Constitución Política, Geografía e Historia de Colombia, al igual del idioma castellano cuando este “no fuere su lengua materna”.

Estos exámenes se realizan ante la Gobernación del departamento donde esté residenciada la persona solicitante. Cada Gobernación deberá tener un Comité de Evaluación para este propósito y es autónoma e independiente en la elaboración de las preguntas y pruebas que son realizadas en los respectivos exámenes.

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Hay excepciones de presentación del examen para aquellas o aquellos que hayan adelantado estudios de bachillerato o universitarios en Colombia. Para ello, debe presentar pruebas de los títulos obtenidos.

La homologación de carreras profesionales cursadas en el exterior no exime de la presentación de los exámenes académicos citados. Es importante anotar que el trámite tiene un valor de 700.000 mil pesos (unos 210 dólares). Si desea conocer el procedimiento, puede ingresar a este enlace.

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