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Responsabilidad de proteger de la ONU implica riesgos para personas en situación de vulnerabilidad

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El principio de responsabilidad de proteger (R2P), invocado por el presidente encargado, Juan Guaidó, ante la ONU, ha derivado en intervenciones militares que podrían empeorar la situación de las víctimas de violaciones de derechos humanos, explicó el experto Mariano De Alba

Reporte Proiuris

Alejandro Romero

“Cuando un Estado no quiere o no puede proteger a una población en situación de vulnerabilidad, como es el caso venezolano, la responsabilidad de proteger puede activarse en aras de proteger los derechos fundamentales de estas personas».

Así lo afirmó el abogado especializado en Derecho Internacional y relaciones internacionales, Mariano De Alba, sobre la solicitud del presidente encargado de la República, Juan Guaidó, de activar una mayor contribución de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en la prevención de crímenes de lesa humanidad en Venezuela.

La responsabilidad de proteger (R2P por sus siglas en inglés) surge en la Resolución Final de la Cumbre Mundial de la Organización de Naciones Unidas (ONU) de 2005 (A/RES/60/1), cuyos parágrafos 138 y 139 enuncian el deber de los Estados y la comunidad internacional de proteger a las personas víctimas de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y otros graves crímenes internacionales.

La responsabilidad de proteger establece el uso de la fuerza cuando las medidas  diplomáticas y humanitarias hayan fallado. De Alba señaló que llegar a estas instancias pudiese afectar a las personas víctimas de graves violaciones de derechos humanos, pues la decisión de medidas coercitivas las colocaría en una mayor situación de vulnerabilidad.

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A modo de ejemplo, De Alba mencionó el caso de Libia en 2011, donde se desarrolló una intervención militar con el aval de la ONU. Añadió que actualmente, la comunidad internacional percibe riesgoso llegar hasta ese tipo de medidas. 

“Existe la posibilidad de que las medidas de índole militar agraven más la situación. En ese caso la responsabilidad deja de estar totalmente en el régimen opresor sino en la comunidad internacional que decidió intervenir”, señaló De Alba.

Obstáculos para la justicia interna

De Alba considera que para que las víctimas de violaciones de derechos humanos en Venezuela obtengan justicia “es necesario un cambio de gobierno y, en segundo lugar, una reconstrucción del Poder Judicial que permita juzgar a los responsables y resarcir a las víctimas”.

El experto puntualizó que la comunidad internacional puede ayudar, pero que la justicia para las víctimas dependerá de los esfuerzos que se hagan en Venezuela.

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El abogado señaló que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional debería concluir su examen preliminar y pasar a la fase judicial del proceso que cursa contra Nicolás Maduro y altos funcionarios gubernamentales por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela.

“Las posibilidades de la Corte Penal Internacional de realizar un juicio están limitadas mientras no haya un cambio de gobierno en Venezuela. La Corte no tiene una policía y por ende será muy difícil que pueda obtener la custodia de un acusado para juzgarlo”, señaló De Alba.

“Las consideraciones de respeto y garantía de derechos humanos, y por supuesto de resarcimiento y justicia a las víctimas, deben siempre privar por encima de cualquier consideración política. Si eso no ocurre, estimo que será poco probable que Venezuela pueda realmente resurgir”, concluyó de Alba.

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