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Los modus operandi | Fiscales y jueces que tergiversan pruebas contra presos políticos

jueces y fiscales

La misión de la ONU considera que los fiscales y jueces venezolanos deben responder individualmente por los crímenes de lesa humanidad establecidos en el informe publicado este 16 de septiembre de 2020

Reporte Proiuris

Erick S. González Caldea

Los fiscales y jueces venezolanos deben responder individualmente por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad indicados en el informe de la Misión Internacional Independiente de Determinaciónde Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, publicado este 16 de septiembre de 2020.

Al recomendar «una investigación adicional» sobre los operadores del sistema de administración de justicia venezolano, la misión de la ONU abundó en argumentos.

«La posible responsabilidad de los y las fiscales y jueces en las violaciones de los derechos humanos contra los disidentes políticos y militares es doble. En primer lugar, en determinados casos, los y las fiscales y jueces han tenido un papel directo en los casos de detenciones arbitrarias«, reza el documento.

«Algunos/as fiscales han presentado o continuado procesos judiciales sobre la base de pruebas insuficientes o de pruebas fabricadas o tergiversadas, a sabiendas. Los y las jueces han permitido que continúen los enjuiciamientos basados en esas pruebas. La Misión también ha documentado el papel de algunos jueces y juezas en la violación de los procedimientos establecidos por la ley y las garantías del debido proceso. Algunos jueces y fiscales podrían incurrir en responsabilidad individual por estas violaciones si se demuestra que tenían conocimiento de ellas y actuaron intencionalmente», afirmó la misión de la ONU.

«En segundo lugar -prosigue el informe-, el Poder Judicial no ha actuado como un control de los demás agentes del Estado, perpetuando la impunidad por los crímenes cometidos. La mayoría de las violaciones y crímenes documentados por la Misión no han dado lugar a investigaciones exhaustivas, enjuiciamientos y condenas de los presuntos responsables. A pesar de recibir información de que las víctimas habían sido torturadas, los y las fiscales y jueces no investigaron ni sancionaron esos actos. Hay motivos razonables para creer que esas omisiones se vieron afectadas por la falta de independencia judicial«.

La injerencia indebida del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial, ampliamente documentada por organismos nacionales e internacionales de defensa de derechos humanos fue destacada por la misión de la ONU.

«La Misión encuentra motivos razonables para creer que actores políticos de alto nivel ejercieron una presión considerable sobre determinados miembros del Poder Judicial para influir en el resultado de los casos. La influencia política sobre el Poder Judicial aumentó tanto de jure como de facto durante el período examinado, incluso mediante el proceso de selección y destitución de jueces. Esa influencia ha comprometido la independencia de los y las jueces y fiscales, contribuyendo directamente a las violaciones descritas en el presente informe», se señala a modo de conclusión.

El informe menciona dos de los mecanismos utilizados por fiscales y jueces venezolanos: 1) burlar el sistema aleatorio de asignación de casos, 2) acatamiento de instrucciones directas de altos funcionarios gubernamentales, como el actual presidente de la Asamblea Nacional Diosdado Cabello, perjudicar, a como diera lugar, a opositores del gobierno.

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Jueces «leales»

La misión de la ONU se refirió a la selección de fiscales y jueces considerados «leales» para llevar a cabos los procesos judiciales con motivaciones políticas, de acuerdo a los mandatos dictados por el Ejecutivo Nacional.

La misión de la ONU señaló que varios de los casos analizados contra opositores al gobierno estaban asignados a los mismos fiscales y jueces. “La Misión tiene motivos razonables para creer que se trata de un esfuerzo por ayudar a asegurar ciertos resultados en los procedimientos”, se indica en el informe.  

Como ejemplo, se refirieron los casos asignados al Tribunal Especial de Control de Primera Instancia Nº 1 con jurisdicción a nivel nacional sobre cuestiones de terrorismo, bajo la dirección de la jueza Carol Padilla, en donde juzgaron a varios militares y políticos.

Según la información recibida por la Misión, privaron dos propósitos para confiar en la jueza Padilla: 1) porque era una jueza «leal» y 2) porque humillaría a los militares.

Torturas impunes

“En todos los casos investigados relacionados con oficiales militares, las autoridades judiciales se negaron a ordenar la investigación de las denuncias de tortura”, así lo reseñó la Misión de Investigación en su informe.

Si bien, no existen pruebas para demostrar que las acciones de los jueces y fiscales eran voluntarias, aún así implica una responsabilidad penal individual el desconocimiento de las denuncias de torturas, tratos crueles e inhumanos.  

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“A pesar de que las víctimas comparecieron ante el tribunal con claros indicios de malos tratos o declararon expresamente durante las audiencias que habían sido torturadas o solicitaron un examen médico, no se iniciaron las investigaciones. (…) En varios casos, los jueces ordenaron que los acusados fueran devueltos al lugar donde afirmaban haber sido torturados, generalmente la DGCIM Boleíta”, denunció.

La misión de la ONU afirmó que en algunos casos se ordenaron exámenes médicos a las víctimas de tortura, pero luego de que las marcas desaparecieran.

“De igual modo, cuando se ha presentado el hábeas corpus o las denuncias oficiales de tortura o desapariciones forzadas al Ministerio Público o se ha puesto en conocimiento del presidente de la Corte Marcial, no se ha realizado ninguna investigación sobre estas denuncias”, señaló la Misión de la ONU.

El Efecto Afiuni

La detención y enjuiciamiento de la jueza María Lourdes Afiuni fue una demostración de lo que el gobierno sería capaz de hacer contra cualquier juez que se atreviera a contrarias sus intereses..

El riesgo de ser la “siguiente Afiuni”, y destituciones arbitrarias, creó una atmósfera de miedo, comúnmente conocida como el “Efecto Afiuni”.

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“Un juez dijo a la Misión que ‘la angustia para mí era tremenda, cada 10 días, cuando estaba de servicio y no sabía si me iban a enviar un caso político’. El ex juez dijo que el presidente del circuito judicial lo visitó más de una vez y le preguntó por qué liberaron a los y las manifestantes ‘cuando la orden era dejarlos detenidos”, se lee en el informe.

Las amenazas no solo las aplicaban los jefes de los circuitos judiciales. También funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), así como de la Dirección de Contrainteligencia Militar (Dgcim) proferían amenazas explícitas contra los jueces y fiscales que llevaban los casos políticos, denunció la misión de la ONU.

85% de jueces bajo presión

Aunque la Constitución establece que el ingreso y el ascenso a la carrera judicial se debe hacer mediante concursos de oposición, la norma es letra muerta desde hace 16 años, cuando se realizaron las ultimas selecciones de jueces conforme a la carta magna, precisó la misión de la ONU.

En vez de concursos de oposición, los nombramientos se hacen a dedo y con carácter provisional. La Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, una instancia creada sin fundamento constitucional, tomó para sí las designaciones, a dedo, de todos los jueces de Venezuela.

En palabras sencillas, un juez que ejerce el cargo por voluntad de otro y no por méritos propios, es más vulnerable a presiones extrajudiciales, particularmente presiones políticas. 85% de los jueces venezolanos son provisorios, determinó la misión de la ONU.

Y, por otra parte, el Código de Ética del Juez, que incluye el régimen disciplinario y los mecanismos de remoción de los jueces venezolanos, quedó prácticamente anulado por decisión de la Sala Constitucional. De modo que cualquier juez puede ser destituido sin derecho a la defensa.

Más de la mitad de los jueces son militantes del PSUV

No solo los jueces los seleccionan a dedo. También muchos jueces de los tribunales de control, juicio, de apelaciones y hasta del Tribunal Supremo de Justicia son partidarios del oficialismo.

La misión de la ONU calcula que más de la mitad de los jueces están adscritos a partidos oficialistas, como el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).  

“Las disposiciones constitucionales exigen que las y los jueces no se involucren en el activismo político y que los intereses políticos no motiven el nombramiento o la remoción de los jueces. Más de la mitad de los jueces están inscritos en el partido político PSUV, según las estimaciones”, señala el informe.

TSJ, bufete del gobierno

El Tribunal Supremo de Justicia ha dejado de actuar como un organismo independiente, afirmó la misión de la ONU. En particular, se refiere la extralimitación de funciones por parte de la Sala Constitucional.

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“Desde enero de 2016 hasta la fecha, el Tribunal Supremo de Justicia ha anulado de manera consistente las decisiones de la Asamblea Nacional dirigida por la oposición. Como se ha señalado anteriormente, en 2017 también ha asumido, de manera notoria, funciones legislativas (Sentencia N.º 156) y ha levantado la inmunidad parlamentaria de todos los diputados de la oposición (Sentencia N.º 155), decisiones que posteriormente revocó a raíz de las protestas públicas”, se lee en el documento.

Las decisiones del TSJno solo afectaron al Poder Legislativo. La misión de la ONU explicó que desde 2017, el Ministerio Público vio cómo se limitaba su independencia progresivamente por decisiones del TSJ.

“En julio de 2017, el Tribunal Supremo dictó una decisión que permite a las y los jueces ordenar al Ministerio Público que continúe las investigaciones, incluso si los fiscales no consideran que hay suficiente fundamento para hacerlo, lo que podría interferir con la independencia fiscal”, añadió.

Civiles en tribunales militares

La misión de investigación observó con preocupación el juzgamiento de civiles en tribunales militares, a pesar de que comisión de los delitos de naturaleza castrense, solo los comenten militares activos.

Según la Constitución, “la jurisdicción de los tribunales militares se limita a los delitos de carácter militar” y los delitos comunes, las violaciones de los derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad están sujetos a la jurisdicción ordinaria.

“Tradicionalmente, ha habido una interpretación restrictiva de la jurisdicción militar. Sin embargo, especialmente desde abril de 2017, la Misión documentó un uso cada vez más frecuente de la jurisdicción militar para procesar y juzgar a civiles. Según la información reunida por la Misión, este aumento coincidió con el conflicto entre Luisa Ortega Díaz, ex Fiscal General, y el ejecutivo, a partir de marzo de 2017 tras sus críticas públicas al Gobierno”, se lee en el informe.

“Los tribunales militares son, por definición, una jurisdicción especializada, por lo que su utilización para los civiles constituye una desviación del principio de ‘juez natural’ consagrado en el párrafo 4 del artículo 49 de la Constitución”, recalcó la Misión.

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