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Sentencias del TSJ atentan contra la democracia, advierte la CIDH

CIDH rechaza a TSJ.

Las sentencias del TSJ fueron rechazadas por la Comisión Imnteramericana de Derechos Humanos, pues desconocen la autonomía de la Asamblea Nacional. Reiteraron que la independencia judicial en Venezuela está comprometida

Reporte Proiuris

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechazó las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que desvirtúan la autonomía e independencia de los órganos del poder público. Entre los más recientes fallos está la designación a dedo de las máximas autoridades electorales de Venezuela y la «expropiación» de partidos políticos.

La CIDH se refiere a una serie de dictámenes publicados desde el 5 de junio por el TSJ, que desconocen a la Asamblea Nacional. También considera que ahogan a los partidos políticos opositores al gobierno de Nicolás Maduro.

“La CIDH viene dando seguimiento cercano y continuo a la grave situación de los derechos humanos y al deterioro constante del Estado de Derecho que atraviesa el país en los últimos años», explica.

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Agrega que es objeto de preocupación la grave crisis institucional que encuentra su origen en la injerencia del Poder Ejecutivo en las otras ramas del poder público.

La Comisión advirtió que la independencia judicial en Venezuela está comprometida porque los magistrados del TSJ fueron designados sin apego a los procedimientos preestablecidos en la Constitución.

Sentencias del TSJ

En las sentencias del TSJ, específicamente la 0068, se reafirmó que la Asamblea Nacional se encuentra en desacato de forma ininterrumpida. Adicionalmente, el máximo órgano judicial apeló a la figura de la “omisión legislativa”. De esta manera, se atribuyó la competencia para designar a las personas rectoras del Consejo Nacional Electoral (CNE).

El 12 de junio, mediante la Sentencia 0070, se designó a quienes serían las personas rectoras del CNE, entre las cuales se encuentran dos magistradas del propio TSJ.

El 15 de junio, el Tribunal Supremo profirió la Sentencia 0071, que suspendió la actual junta directiva del partido político Acción Democrática. Además, designó una junta directiva ad hoc para llevar adelante un proceso de reestructuración.

El 16 de junio, el TSJ profirió la Sentencia 0072, que ordenaba exactamente lo mismo en relación con el partido político Movimiento Primero Justicia.

Periodistas presos

La Comisión advirtió que la situación en Venezuela se agravó tras la detención de periodistas y ciudadanos por expresarse a traves de las redes sociales.

Tal fue el caso de los comunicadores Mimi Arriaga y Marco Antoima, ambos procesados por el supuesto uso de la cuenta VVPeriodista. Además, de la imputación del director de seguridad Javier Gorriño, por twittear sobre la “fiesta de Maduro”.

“La situación se agravó en las últimas semanas con una sucesión de detenciones a periodistas y ciudadanos que se expresan en redes sociales, de agresiones a periodistas que cubren protestas y el bloqueo de medios digitales ”, agregó la CIDH.

La Comisión Interamericana expresó su preocupación sobre la posición del TSJ como desestimador de los procesos constitucionales en el país.

“Resulta especialmente preocupante que el TSJ, en lugar de ser el garante de la convencionalidad, constitucionalidad y legalidad de los actos de otros poderes del Estado, profera en las últimas semanas decisiones que desconocen mandatos constitucionales en cabeza de la Asamblea Nacional”, se lee.

Arbitro parcializado

La CIDH manifestó su preocupación ante la parcialidad que pueda tener el TSJ al autodenominarse árbitro en una contienda electoral.

“Es especialmente preocupante que el TSJ haya designado al árbitro de la contienda electoral cuando de acuerdo a la Constitución esa atribución correspondería a la Asamblea Nacional”, dijo la CIDH.

Enfatizó que el TSJ interfiere en el libre desarrollo del proceso democrático; además, de reduce los espacios democráticos al desconocer los procesos internos de los partidos políticos.

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