Colombia

¿El sistema de protección internacional ampara a los migrantes venezolanos?

sistema de protección internacional

La efectividad del sistema de protección internacional fue analizada por el defensor de derechos humanos Juan Navarrete. «Somos como unos parias», expresó

Reporte Proiuris

Anggy Polanco

Los migrantes venezolanos, incluso a los que se ha reconocido el estatus de refugiado viven en situación de vulnerabilidad por falta de protección internacional.

En términos prácticos la protección internacional implica garantía de derechos esenciales como alimentación, salud, educación, trabajo y vivienda.

En medio de la pandemia por la COVID-19 aumenta tal vulnerabilidad, al extremo de que algunos venezolanos han tenido que retornar al país. Las razones son las mismas que los forzaron a huir: en los países donde estaban no tienen garantizados sus derechos humanos.

Así lo describe el abogado Juan Navarrete defensor de derechos humanos y colaborador del Centro de Memoria, Migración y Reconstrucción de Venezuela. Navarrete fue ponente en el Seminario Internacional: «Claves para informar en tiempos de pandemia, miedo y alarma social«. 

Países como Chile, Perú, Ecuador y Colombia no han tenido el suficiente compromiso de reconocer a los venezolanos con necesidad de protección, alegó el abogado.

«Es contradictorio que los países hayan puesto visas, todos casi al mismo tiempo, sin ningún tipo de contemplación de la condición migratoria que tenían los venezolanos. Muchos se quedaron varados en la fronteras porque fue de un día para otro», argumentó.

El defensor destacó que durante la pandemia muchos países han tomado medidas que debilitan la protección internacional que requieren los venezolanos que han huido de su país.

Navarrete también denunció que a la tragedia del retorno se suma la estigmatización de los que salieron del país forzadamente por la emeregencia humanitaria compleja.

Lea también: Los venezolanos huyen, no migran por voluntad propia

Como ejemplo, se refirió a las personas varadas en Cúcuta, luego de queel Estado venezolano restringiera el retorno a tres días por semana y 200 personas por día.

“Entonces, ¿En qué situación estamos los venezolanos en el sistema de protección internacional? No nos quieren en ninguna parte, somos como unos parias”, reflexiona el experto.

Explicó que el sistema de protección internacional de los refugiados ha evolucionado, de acuerdo con el principio de progresividad en materia de derechos humanos.

La definición de refugiado establecida en 1951 por la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados se centraba en la idea de persecución. En la Declaración de Cartagena, de 1984, se amplió la protección internacional a todos los que huyen de la violación sistemática de derechos humanos.

15 países de América Latina han acogido la Declaración de Cartagena. Sin embargo, advirtió el experto, algunos países consideran que no están obligados a acatar la Declaración de Cartagena, porque no tiene carácter vinculante.

En ese sentido, Navarrete considera que debería existir un instrumento internacional que recoja de una forma más amplia las razones por las cuales las personas migran.

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