Nacionales, Reportes

La represión sistemática y generalizada constituye crimen de lesa humanidad

Los penalistas Luis Izquiel y Andrea Santa Cruz destacaron el uso criminal de la fuerza pública, como ha advertido el jurista Alberto Arteaga Sánchez, durante la represión de las manifestaciones del 30 de abril y el primero de mayo de 2019. Los cuerpos de seguridad del Estado violaron los derechos humanos de los manifestantes al usar armas de fuego para controlar el orden público, con un saldo de aproximadamente un centenar de heridos y cuatro fallecidos en 48 horas
Reporte Proiuirs
Erick S. González

La barricada instalada en la orilla del distribuidor Altamira era lo único que dividía a los manifestantes de los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana y la Guardia Nacional Bolivariana. A las 2:00 pm del primero de mayo de 2019, comenzaron, nuevamente, las detonaciones de las armas de fuego. La gente corrió, pero además de perdigones y  gas lacrimógeno se dispararon  balas.

La protesta que inició este miércoles 1 de mayo de 2019 a las 11:00 am, tras la convocatoria hecha por el presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó, como parte del plan #OperaciónLibertad,  terminó como muchas de las manifestaciones antigubernamentales en 2014 y 2017: represión y muerte.

En las instalaciones de Salud Chacao, los médicos y paramédicos atendieron a 38 personas. Aunque la mayoría sufrió lesiones por impacto de perdigones, también hubo heridos de bala, como el caso de Miguel Rodríguez, de 17 años de edad, que protestaba en los alrededores de la base aérea militar La Carlota. Horas después se conoció que estaba fuera de peligro.

A las 8:30 pm del miércoles primero de mayo, se informó sobre la muerte de Jurubith Rausseo García, de 27 años de edad, por el impacto de bala en la cabeza. A las 8:00 am de este jueves 2 de mayo, falleció Youfer Jesús Hernández, de 14 años,  a consecuencia de le herida de bala que recibió el día anterior, durante la represión de la manifestación en Altamira.

Ambos nombres se sumaron a los de Samuel Mendes, de 24 años y de Yosner Graterol, de 16 años, quienes fallecieron durante  manifestaciones del 30 de abril y del primero de mayo, en el estado Aragua. 

“Uso criminal de la fuerza”

A través de Twitter, el jurista Alberto Arteaga Sánchez calificó los hechos violentos, ocurridos el miércoles, como “uso criminal de la fuerza”, al referirse, específicamente, a la actuación de los funcionarios de los cuerpos de seguridad del Estado.

Consultado por Proiuris al respecto, Arteaga Sánchez abundó: «Hay derecho a manifestar y , por lo tanto, quien ejerce un derecho no incurre en hecho ilícito alguno y debe ser respetado en el ejercicio legítimo de su derecho. Es más, la autoridad debe garantizar ese derecho. Ahora bien, aún si hubiere alguna violencia, ello no justifica cualquier reacción violenta , sino la estrictamente nececesaria o “ imprescindible “, como la utilización de agua u otros medios que nunca pueden ser letales, salvo que se trate de salvar la propia vida o la de otro, en la medida de lo estrictamente necesario y en forma proporcionada».

El jurista añadió lo medular de la idea del uso criminal de la fuerza: «Cuando hay necesidad de utilizar un medio violento, puede haber exceso, si hay desproporción. Pero cuando no hay necesidad o no es imprescindible el medio no se puede hablar de exceso sino de acción criminal violenta que debe ser sancionada ya que no se encuentra justificada».

Insistió en advertir que «la autoridad está para preservar el orden y salvaguardar los derechos ciudadanos, nunca para agredir o impedir el ejercicio de un derecho. En Venezuela no hay pena de muerte y alegar pretendidos enfrentamientos, resistencia a la autoridad o una supuesta fuga, resultan alegatos inadmisibles».

Luis Izquiel, criminólogo, secundó la alerta hecha por Arteaga, al enfatizar que “el hecho de que funcionarios de seguridad hayan ido a controlar las manifestaciones con armas de fuego en mano, representa una violación al derecho constitucional a la manifestación”. Recordó que en el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, prohíbe el uso de las armas de fuego y de sustancias tóxicas (gas lacrimógeno).

También puedes leer: Represión y apagones: el clero denuncia delitos de lesa humanidad

 “En 2014, se publicó la Resolución  8610, que autoriza a las fuerzas de seguridad del Estado al uso de la fuerza letal contra manifestantes. Ello conduce a la comisión de delitos y violaciones de derechos humanos. Por la generalidad y sistematicidad de los ataques, se pueden considerar crímenes de lesa humanidad”, sostuvo el criminólogo.

Para la abogada penalista Andrea San Cruz el uso de excesivo de la fuerza para controlar manifestaciones, viola las normas internacionales sobre el control del orden público, suscritas por el Estado Venezolano. 

“Cada vez que hay manifestaciones, las fuerzas de seguridad hacen uso excesivo de la fuerza. Es sistemático.  Disparan directamente a los cuerpos de los manifestantes con  bombas lacrimógenas, metras y hasta armas de fuego. Ya se ha comprobado.  Se conoce por el caso de Juan Pablo Pernalete, y aun así se sigue usando. Ayer (miércoles 1ero de mayo de 2019) se informó de varios casos en lo que se usaron  bombas lacrimógenas para atacar directamente a los ciudadanos. Esto atentan contra el derecho a la vida, además criminaliza el derecho a la manifestación pacífica”, señaló Santa Cruz.

La abogada enfatizó que está claro el patrón violento, sistemático y generalizado de las actuaciones de los funcionarios de seguridad. Además, señaló que, según el informe presentado por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la actuación violenta de las fuerzas de seguridad ciudadana corresponde a una política de Estado. “Cuando hay una intencionalidad criminal, para matar y dañar a un sector de la sociedad, es factible calificar los hechos como crímenes de lesa humanidad”, señaló la abogada.

También puedes leer: Solicitan investigar asesinato de dos adolescentes en las manifestaciones del 23E

Desde enero de 2018, el presidente Nicolás Maduro y otros altos funcionarios están bajo un examen preliminar de la Corte Penal Internacional por la presunta comisión de delitos de lesa humanidad. Ese mismo año, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) presentó un informe, donde se explica que durante la represión contra los manifestantes, en las protestas de 2017 y 2014, hubo “uso excesivo y desproporcionado de la fuerza”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.