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ANC no puede allanar inmunidad de Guaidó porque carece de legitimidad

Expertos en Derecho Constitucional y Penal aseguran que la medida solicitada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra el presidente encargado y cabeza de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, es inconstitucional.
Reporte Proiuris
María Yolanda García

La solicitud de allanar la inmunidad parlamentaria a Juan Guaidó carece de fundamentos jurídicos porque proviene de órganos que no fueron electos con las debidas formalidades y cuyas acciones, en consecuencia, son írritas.

Así lo explican los abogados Rafael Antonio Quiñonez y Leonel Alfonso Ferrer, expertos en Derecho Penal y Constitucional , respectivamente, quienes aseguran que la medida solicitada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra el presidente encargado y cabeza de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, es inconstitucional.

La Contraloría tampoco

Para Rafael Antonio Quiñonez, penalista y profesor de post grado en la Universidad Central de Venezuela, la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) “es írrita”.

“La ANC es írrita, no se convocó al pueblo para consultarlo, y eso la vicia de nulidad. Luego, cuando hacen la convocatoria lo hacen de manera sectorizada, solo algunos grupos de la población podían votar para elegir si la aceptaban o no, eso viola el principio de igualdad constitucional. La ANC es un organismo espurio, carente de toda legalidad. Todos los actos que emanen de él son ilegales”.

Quiñonez explica que acciones como la inhabilitación política de Guaidó por un período de 15 años, emanada de la Contraloría, así como los dictámenes del TSJ, carecen de legalidad. “No tienen capacidad ni eficacia para hacer ese tipo de actos. Todo tiene efecto político, pero jurídico ninguno” señala Quiñonez.

Para este experto no hay forma de despojar de su fuero a Guaidó, porque todos los organismos llamados a hacerlo son incompetentes, incluso el TSJ. “No fueron electos con las debidas formalidades”.

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Quiñonez explica que la mayoría de los magistrados que hoy integran el TSJ fueron designados luego de que fuera electa la Asamblea Nacional en 2015 en la que la oposición obtuvo la mayoría. “Quedó la Comisión Delegada para que sirviera de tránsito; solo podía atender situaciones urgentes, no tenían capacidad para nombrar magistrados, y como quiera que no contaban con los votos, hicieron este acto írrito. No hay ningún órgano del Estado que esté conformado con las formalidades de ley” señala.

Se han violado todas las instancias

Leonel Alfonzo Ferrer, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela, explica que para allanar la inmunidad parlamentaria hay que cumplir con el requisito indispensable de hacer un ante juicio de mérito, “un juicio con todas las formalidades del debido proceso y que concluye en una sentencia de la Sala Plena del TSJ, que no va a establecer inocencia ni culpabilidad, sino que, en base a la existencia de fundados indicios de culpabilidad, establece que hay méritos (o no) para enjuiciar”.

No obstante, la última palabra la tiene la Asamblea Nacional, porque la decisión del TSJ “no es vinculante”.

“Una vez que la Sala Plena ha declarado el mérito del enjuiciamiento, debe ir con una rogatoria a la Asamblea Nacional y ésta es la que tiene que decidir, en función del petitorio del TSJ, si allana o no la inmunidad. No tiene carácter vinculante porque el TSJ decide en función de razones jurídicas y la Asamblea Nacional un órgano político, y toma sus decisiones en base a criterios políticos”.

Si la AN decidiera no allanar la inmunidad “la acción penal se paraliza y se deberá esperar a que el parlamentario termine su período para ser enjuiciado. Si resultare nuevamente electo, no podrá ser procesado”.

Ferrer coincide con Quiñonez al señalar que “hay un problema de legitimidad, legalidad y juridicidad del TSJ en cuanto a su conformación. El allanamiento no lo puede dar la ANC porque es un órgano espurio, inconstitucional, sus actos son nulos. Por lo tanto este procedimiento estaría viciado porque ninguno tiene cualidad para actuar”.

En cuanto a la tentación de detener a Guaidó en base al allanamiento solicitado por el TSJ, Ferrer señala: “Una cosa es poder. Desde el punto de vista fáctico Nicolás Maduro tiene el control del aparato represivo. Hasta ahora lo han hecho, aunque lo pueden hacer. Sería una actuación inconstitucional, ilegal, contraria a Derecho, con repercusiones a lo interno y también en lo internacional. Hay países que lo considerarían una agresión. No deben hacerlo porque desde el punto de vista jurídico sería inconstitucional, ilegítimo, nulo de nulidad absoluta, sería privación ilegítima de la libertad”.

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