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“El actual TSJ es ilegítimo, ilegal e inconstitucional”, advierten catedráticos de la UCV |5 Claves

Los profesores de la Cátedra de Derecho Constitucional elaboraron un inventario de hechos que demuestran que las autoridades que están al frente del máximo tribunal fueron designadas fraudulentamente y actúan incondicionalmente al servicio del oficialismo
Reporte Proiuris
Edgar López

En medio del debate sobre sobre la usurpación de la presidencia de la República por parte de Nicolás Maduro, los profesores de la Cátedra de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela recordaron el origen y desempeño del organismo cúpula del Poder Judicial en Venezuela, para concluir que “el actual Tribunal Supremo de Justicia es ilegítimo, ilegal e inconstitucional y que actúa parcializado al pretender desconocer la elección de la actual Junta Directiva de la legítima y constitucional Asamblea Nacional”.
El pronunciamiento titulado “Frente a los Ataques del Despotismo a la Legítima Asamblea Nacional” es una respuesta a la sentencia dictada este 21 de enero por la Sala Constitucional del TSJ, mediante la cual se insiste en el supuesto desacato del Poder Legislativo, mayoritariamente integrado por la oposición luego de las elecciones parlamentarias de diciembre de 2015, para anular la designación de la nueva Junta Directiva de la Asamblea Nacional, encabezada por Juan Guaidó, así como todos sus actos.

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El documento está suscrito por Tulio Álvarez, Nelson Chitty La Roche, Isabel Cecilia Esté, Oscar Arnal, Alberto Blanco-Uribe Quintero, Julio César Fernández Toro, Leonel Alfonso Ferrer, José Vicente Haro, Gustavo Alberto Manzo Ugas, Carlos Martínez Cerruzi, Moisés Enrique Martínez, Rafael Quiñonez Urbaez, Juan Manuel Rafalli, Eduardo Sánchez, Enrique Sánchez Falcón, Félix Sánchez y Gustavo Tarre Briceño.

1.- Integración fraudulenta

“Es público y notorio que la actual integración del Tribunal Supremo de Justicia es producto de una elección fraudulenta realizada en diciembre de 2015 por los hechos siguientes: a) Los candidatos a magistrados no reunían los requisitos constitucionales y legales para ser electos. b) Se violentó el procedimiento para la elección de los mismos. c) Se eligieron magistrados a personas de reconocida militancia partidista oficialista y actuación política. d) La elección de dichas personas como magistrados tuvo como único objetivo el someter el Tribunal Supremo de Justicia a los intereses políticos de la facción política que controla la Presidencia de la República”.

2.- Contra los principios democráticos

“Estos hechos violan principios constitucionales fundamentales, como son los de la separación de poderes, de independencia y autonomía del Tribunal Supremo de Justicia, e, igualmente, el intangible principio del Estado democrático, social, de derecho y de justicia. La finalidad de integrar de manera fraudulenta el Tribunal Supremo de Justicia es contraria al bien común; políticamente inaceptable en una sociedad democrática, a todas luces es también inconstitucional, e implica, diversos ilícitos con responsabilidad individual inclusive para sus miembros”.

3.- Denegación de justicia

“Los múltiples ilícitos se constatan en los hechos siguientes: a) Sirvió para que la Sala Electoral del TSJ paralizara la incorporación de los diputados electos por el estado Amazonas en diciembre de 2015, con el único propósito de que la oposición venezolana no tuviera una mayoría calificada que le permitiera modificar o aprobar leyes orgánicas ni aprobar otros actos legislativos; proceso judicial que la Sala Electoral no ha activado durante tres años, encontrándose sin sentencia y, de ser el caso, sin la realización de una nueva elección. En suma, denegando justicia, y privando, en su criterio, al pueblo de Amazonas de su soberanía. b) La misma Sala Electoral ha paralizado todas las elecciones de las universidades, sindicatos y gremios en las cuales es del conocimiento público que la facción política oficialista aparece con intereses involucrados.

4.- “Un autogolpe de Estado”

“Por su lado, la Sala Constitucional del TSJ, mediante sus “sentencias” 155 y 156 de 2016 contribuyó a un autogolpe de Estado, a la ruptura del hilo constitucional, fraguado por la facción política oficialista, por cuanto: a) Desconoce la legitimidad política democrática y las competencias constitucionales de la Asamblea Nacional, declarando de manera insólita que un Poder Público se encuentra en “desacato”. b) Invadir las funciones de la Asamblea Nacional, asumiendo el TSJ para sí parte de sus competencias y otorgándole a la Presidencia de la República otras funciones del Parlamento, enervando la consagrada separación de Poderes establecida en el Artículo 136 constitucional.

5.- Al servicio del oficialismo

“El TSJ ha servido, además, para intentar darle, mediante “sentencias”, validez constitucional a las decisiones políticas de la facción oficialista, como: a) Mantener contra las disposiciones constitucionales un régimen de estado de excepción permanente que le otorga poderes ilimitados a la Presidencia de la República, contrariando la universal doctrina sobre la materia. b) Convocar de manera fraudulenta la elección de una simulada, inconstitucional, ilegal e ilegítima Asamblea Nacional Constituyente sin consultar al Pueblo soberano. c) Justificar las decisiones arbitrarias de convocar a destiempo procesos electorales, inhabilitar a los partidos y candidatos políticos que eran competidores fuertes a la facción que controla la Presidencia de la República, desconocer garantías electorales, y pretender validar jurídicamente los resultados fraudulentos de procesos electorales arbitrariamente convocados y cuestionados en Derecho en sus resultados”.

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