Nuestras, Reportes

Corte-IDH declara al Estado responsable de violaciones a los DD HH de Linda Loaiza

Los jueces de la Corte Interamericana notaron que los actos violentos contra López Soto provocaron afectaciones a sus derechos a la integridad personal, a la libertad personal, a la dignidad, autonomía y vida privada, así como a vivir una vida libre de violencia
Erick S. González Caldea

La Corte Interamericana de los Derechos Humanos declaró, por unanimidad, que el Estado venezolano es “responsable por los hechos de tortura y violencia sexual sufridos por Linda Loaiza López Soto, en violación de varias disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, señala el documento.

La sentencia Caso López Soto y otros Vs. Venezuela. Fondo, Reparaciones y Costas fue publicada la tarde de este viernes 16 de noviembre por la Corte Interamericana, con fecha del 26 de septiembre de 2018. Se estableció que el escrito “constituye, por sí mismo, una forma de reparación”.

También puedes leer: «El reto de la Corte Interamericana: declarar que Linda Loaiza fue víctima de tortura y esclavitud sexual»

Entre las 23 disposiciones, aprobadas por unanimidad por los jueces de la Corte-IDH, destacaron que: “El Estado debe, dentro de un plazo razonable, determinar, por intermedio de las instituciones públicas competentes, las eventuales responsabilidades de los funcionarios que no investigaron desde un primer momento lo sucedido a Linda Loaiza López Soto, como así también de aquellos responsables por las irregularidades y las dilaciones injustificadas durante la investigación y sustanciación de los procesos judiciales llevados a cabo en el ámbito interno y, en la medida que corresponda, aplicar las consecuencias que la ley pudiera prever, de conformidad con lo establecido en el párrafo 286 de esta Sentencia”.

La Corte IDH ordena pagar una indemnización a Linda Loaiza, sus familiares, su abogado y Cofavic, organización que la apoyó en este caso. 

También, el juzgado del organismo internacional decidió que el Estado debe brindar gratuitamente, y de forma inmediata, tratamiento médico y psicológico a  López Soto y sus familiares declarados beneficiarios en la sentencia.

La Corte IDH ordena, que en un plazo no mayor a seis meses, “el gobierno de Venezuela realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en Venezuela, en los términos indicados”.

La sentencia dispone que dentro de un plazo razonable, el estado venezolano ponga  “en funcionamiento adecuadamente los Tribunales de Violencia contra la Mujer en cada capital de estado, de conformidad con lo establecido. “El Estado debe, dentro del plazo de dos años, adoptar, implementar y fiscalizar protocolos para la investigación y atención integral de mujeres víctimas de violencia, de conformidad con lo establecido en los párrafos 332 y 333 de esta Sentencia”, se lee en el documento.

López Soto, en su cuenta Twitter, declaró, a los pocos minutos de ser publicada la sentencia que: “Cuando el Estado venezolano ejecute el contenido íntegro de la sentencia podré hablar de justicia. Entretanto persiste la impunidad”.

Sentencia López Soto y otros vs Venezuela by Samuel Gonzalez on Scribd

Related Posts

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.