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CIDH pide protección para venezolana con VIH que podría ser deportada de Panamá

La Comisión Interamericana tomó en cuenta lo establecido en su Resolución 2/18 sobre la “Migración Forzada de Personas Venezolanas”, que estipula el principio de no devolución

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a una mujer venezolana que vive con VIH, había emigrado a Panamá en procura de un tratamiento médico adecuado y ahora se encuentra en proceso de deportación. Su eventual retorno a Venezuela la coloca en peligro de muerte por la escasez de antirretrovirales, que es una de las manifestaciones de la emergencia humanitaria compleja en el país.

La CIDH solicitó al Estado pañameno que se abstenga de deportar o expulsar a la mujer a Venezuela, en tanto las autoridades internas hayan, debidamente, valorado el riego de que la mujer pierda su vida.  “En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 de su Reglamento, la Comisión en su Resolución 81/2018, solicitó al Estado de Panamá que adopte las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida, integridad personal y salud de la señora”, se lee en el documento.

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La Comisión recordó lo estableció en su Resolución 2/18 sobre “Migración Forzada de Personas Venezolanas”, en la que los Estados de la Organización de Estados Americanos “deben respetar el principio y derecho a la no devolución (non-refoulement) a territorio venezolano, sea a través de procedimientos de deportación o expulsión o cualquier otra acción de las autoridades, de personas venezolanas que estarían en riesgos de persecución u otras violaciones graves a sus derechos humanos, incluyendo un riesgo de afectación grave a su salud o a su vida por condiciones médicas, en concordancia con el derecho a la no devolución”.

La Comisión señaló que no tiene las competencias jurídicas para determinar si la beneficiada pueda obtener la condición de refugiada. Sin embargo, explicó que de la información aportada por las partes, “no se desprendía que se hubieran adoptado medidas de protección a favor de la beneficiaria en el marco de los procedimientos migratorios correspondientes, atendiendo a su situación de salud y posibilidades de acceso a un tratamiento médico”.

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Los representantes legales de la mujer que vive con VIH alegaron que en Venezuela hay dificultades para acceder a los tratamientos con anti-retrovirales. La Comisión Interamericana determinó que los argumentos expuestos coinciden con la realidad actual del país.

“Si bien se habrían interpuesto recursos internos para evitar la deportación, la Comisión estimó que no contaba con información que comprobara que estos recursos dejarían en suspenso la deportación. Asimismo, aún si tuviera efectos de suspensión, en el caso de desestimarse los recursos la beneficiaria sería deportada de forma inminente”, se lee en el comunicado de prensa de la CIDH.

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