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CIDH y Naciones Unidas piden al gobierno apertura de canal humanitario


La gravedad de la crisis de migración forzada de venezolanos y su impacto en América Latina y el Caribe fundamentan la declaración conjunta emitida este 5 de septiembre por las máximas autoridades internacionales en materia de derechos humanos
Reporte Proiuris | @Proiuris_VE  | IG: @Proiuris | Facebook: @ProiurisVE

La migración forzada de venezolanos es un problema que comienza en Venezuela por la emergencia humanitaria compleja que existe en el país. Aunque las violaciones de derechos vinculadas con la movilidad humana implican una responsabilidad compartida entre los Estados de origen, tránsito y destino, y en cada uno de ellos se debe brindar la protección internacional requerida,  el Estado venezolano es el primer responsable de garantizar los derechos de las personas que huyen del país en busca de mejores condiciones de vida.

En ese orden de ideas La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y comités, órganos y procedimientos especiales de la Organización de las Naciones Unidas emitieron este 5 de septiembre una declaración conjunta, a través de la cual puntualizaron que el principal objetivo es “prevenir que más personas venezolanas se vean forzadas a migrar”. Y, seguidamente, instaron a todos los Estados Miembros de la OEA y de la ONU a “promover acciones para que el Estado de Venezuela garantice el acceso, la prestación y el paso libre de asistencia humanitaria para la población venezolana que la requiere, la cual debe darse de conformidad con los principios de humanidad e imparcialidad y sin discriminación alguna”. En pocas palabras: que el gobierno venezolano permita la apertura de un canal humanitario.

El comunicado, despachado simultáneamente desde Washington, D.C. y Ginebra, está suscrito por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); el Comité de Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW) de la ONU; el Comité sobre los Derechos del Niño (CRC) de la ONU; la Oficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH); y Felipe González, Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes de la ONU.

“Las organizaciones y expertos firmantes de la presente declaración llaman a los Estados junto con otros actores relevantes tales como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), organizaciones de la sociedad civil, la academia y los medios de comunicación a desarrollar una respuesta regional coordinada basada en los derechos humanos y en el principio de responsabilidad compartida para responder antes, durante y después del desplazamiento masivo de migrantes y refugiados de Venezuela”, se señala en el documento.

Se citan los registros de Naciones Unidas que indican que hasta junio de 2018 2,3 millones de venezolanos han salido de su país, principalmente hacia Colombia, Ecuador, Perú, Brasil y Chile. Así como las cifras del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), según las cuales 299.016 solicitantes de asilo y 585.996 personas procedentes de Venezuela optaron por otras alternativas de regularización hasta  el 1 de agosto de 2018.

La segunda exhortación de la CIDH y los órganos de Naciones Unidas apunta a garantizar la protección internacional de los migrantes venezolanos y la reunificación familiar. En el documento, se especifican las medidas a tomar en ese sentido: “Expandir canales regulares, seguros, accesibles y asequibles de la migración a través de la progresiva expansión de la liberalización de visas, así como regímenes de facilitación de visas de fácil acceso y/o medidas, tales como protección complementaria, protección temporal, visas humanitarias, visas para visitantes, reunificación familiar, visas de trabajo, residencia, y visas estudiantiles y para personas jubiladas, así como programas de patrocinio privado. Estos canales deben ser accesibles en términos económicos y jurídicos, lo cual incluye asegurar que sean accesibles también para personas venezolanas que por razones ajenas a su voluntad no cuenten con la documentación usualmente requerida para estos trámites”.

A partir de la Resolución 2/18 sobre Migración Forzada de Personas Venezolanas de la CIDH y la Nota de Orientación sobre el Flujo de Venezolanos del ACNUR, la CIDH y los organismos de la ONU firmantes de la declaración conjunta insisten en la necesidad de flexibilizar los procedimientos relacionados con la concesión de refugio y asilo, precisamente por la magnitud de la migración forzada de venezolanos.

“Garantizar el reconocimiento de la condición de refugiado a las personas venezolanas con temor fundado de persecución en caso de retorno a Venezuela, o que consideran que su vida, integridad o libertad personal estarían amenazadas debido a la situación de violencia, violaciones masivas de derechos humanos y perturbaciones graves del orden público, en los términos de la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984”, se propone en el documento.  Y, además, que “se deben establecer procedimientos justos y eficaces, con enfoques diferenciales que tengan en cuenta la edad, el género y las características culturales, que garanticen el derecho de los solicitantes de asilo a recibir asistencia para satisfacer necesidades básicas o permitirles trabajar durante su solicitud”.

Incluso, se sugiere conceder la protección correspondiente a refugiados sin que sea imprescindible un análisis individualizado de las solicitudes: “Considerar la adopción de respuestas colectivas de protección a las personas venezolanas, entre las que se encuentran la posibilidad de realizar la determinación para el reconocimiento de la condición de refugiado prima facie o de manera grupal, sin necesidad de realizar una evaluación individualizada”.

A pesar de que la Comisión Interamericana y Naciones Unidas valoran positivamente los esfuerzos que se han realizado en América Latina y el Caribe para dar respuestas coordinadas a la migración forzada de venezolanos, en la declaración conjunta rechazan algunas medidas, como las adoptadas por los gobiernos de Ecuador y Perú, específicamente en cuanto a la exigencia de pasaporte a los venezolanos que intentan ingresar a esos países. “No criminalizar la migración absteniéndose de medidas tales como cierre de fronteras, penalización por ingreso o presencia irregular, la necesidad de presentar un pasaporte, la detención migratoria, las deportaciones arbitrarias, discursos de odio y la criminalización de aquellos que brindan ayuda y asistencia humanitaria”, se lee en el documento.

Las máximas instancias de los sistemas interamericano y universal de protección de los derechos humanos también manifestaron preocupación por prácticas discriminatorias, entre ellas, la xenofobia, contra los migrantes venezolanos: “A efectos de prevenir la discriminación y la xenofobia contra las personas venezolanas, los Estados deben implementar medidas positivas como campañas educativas y de sensibilización dirigidas a promover sociedades multiculturales y a luchar en contra de la discriminación y la xenofobia”.

Finalmente, la declaración propone que los organismos internacionales de promoción y defensa de derechos humanos visiten los países afectados por la crisis migratoria venezolana. Desde 2002, el gobierno venezolano ha negado reiteradamente la entrada al país de todo aquel que pueda cuestionar sus acciones u omisiones en materia de derechos humanos.

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