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Los videos de Requesens solo prueban la brutalidad del Estado

El penalista Fernando Fernández advirtió que la coacción a la que habría sido sometido el parlamentario invalida los testimonios a través de los cuales el gobierno pretende vincularlo con el supuesto atentado al presidente Nicolás Maduro

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Arturo Guillén

Al referirse a los señalamientos del diputado Juan Requesens, que el gobierno interpreta como una confesión de su participación en el supuesto atentando contra el presidente Nicolás Maduro, el penalista y experto en derechos humanos Fernando Fernandez dijo: “Esto habla de una torpeza desde el punto de vista procesal, criminalístico y probatorio, porque una confesión sin presencia de un abogado de confianza no tiene validez jurídica”.

Sobre el video mostrado por el propio Maduro en respaldo de la versión oficial del presunto magnicidio, Fernández comentó que  los gestos de Requesens, como acariciarse la barba mientras veía fijamente a la cámara con ojos dilatados, indican que el diputado no estaba en el control total de sus ideas y movimientos. “Creen que poner a alguien a hablar ya es la prueba del delito por el cual lo acusan y detienen. En ello hay un rasgo de ignorancia muy grande. Esos dos videos operan en contra del Estado y de los funcionarios que tienen bajo custodia a Requesens”, manifestó.

Destacó que el diputado tenía una actitud muy diferente a  la que se conoce de él: “un muchacho aguerrido, firme”. En cuanto a las motivaciones reales de mostrar el video al país, Fernández considera dos posibilidades: o se trata de una torpeza o de una estrategia deliberada para mostrar de lo que es capaz “como lo hacen los grupos mafiosos”, acotó.

Tortura: práctica habitual en regímenes dictatoriales

Fernández explicó que la tortura está considerada como una práctica abominable por la fuerza ejercida y el poder omnímodo que se ejerce sobre el cuerpo y la mente de un detenido.

Este tema se empezó a tratar con mayor cuidado a partir de La Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, después de verse esta práctica de forma reiterada y extendida en muchos Estados. Luego, en 2000 fue adoptado el Protocolo de Estambul, elaborado por más de 75 expertos en leyes, salud y derechos humanos, y en el que se establecen una serie de normas internacionales para identificar y documentar los casos de tortura.

Aunque existen estos tratados contra tortura, castigos y tratos crueles, inhumanos o degradantes, los Estados dictatoriales se han encargado  de violentarlos. “En los Estados dictatoriales es una práctica habitual y rutinaria, mientras que en la democracia suele haber casos que generalmente son combatidos, procesados y castigados, a diferencia de un gobierno totalitario”, afirmó.

Vigilar y castigar… al torturador

Sobre las herramientas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos para prevenir y sancionar la tortura, Fernández dijo que los fiscales y jueces deben capacitarse para afrontar los casos de tortura “Porque muchas veces el torturador oculta las lesiones y discapacidades que genera en el torturado: bien porque no lo presenta a tiempo a las audiencias judiciales o bien porque hay prácticas como la tortura blanca, que no deja heridas físicas, pero sí traumas mentales”, explicó.

La prevención es clave, sostiene Fernández: “Estos casos se pueden prevenir teniendo en cada cuerpo policial, militar y penitenciario una política específica. Y eso se logra mediante leyes, reglamentos, manuales, memos, órdenes y monitoreo que debe hacer toda autoridad sobre los guardianes o interrogadores”, expuso.

Las otras políticas que sirven para impedir son la de abortar y frustrar la tortura, al igual que la denuncia así como una política de tolerancia 0 que consista en escarmentar a través de sanciones administrativas, disciplinarias, penales o civiles. “Es el ABC que debe tener todo cuerpo policial, militar y penitenciario. Si no hay algo de lo mencionado o nada de ello, se produce la tortura y se reitera, se prueba que el Estado es responsable por omisión y pasa a ser la responsabilidad internacional, por los tratados y protocoles suscritos por los Estados”,  aseveró.

El Estado pequeño

El experto considera perentorio tomar medidas para reducir el tamaño del Estado para evitar o, al menos, reducir las posibilidades a que se recurra a la tortura. Estados grandes representan un peligro para las libertades individuales del ser humano, como el caso de la URSS de Stalin y la gran purga, la Alemania Nazi, Corea del Norte, de gobiernos socialistas y fascistas absolutistas.

“El Estado debe cumplir con el debido proceso, que es una visión liberal del proceso penal que se apoya en una premisa básica: la presunción de inocencia, que es diferente a la presunción de culpabilidad”, dijo.

“La presunción de culpabilidad es cuando el Estado presume que todo detenido es culpable porque lo dice el partido, el funcionario, el fiscal y es el preso que debe demostrar su inocencia y en esos casos la confesión se considera la reina de las pruebas”, señaló.

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