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Por la alteración del orden democrático, Venezuela vuelve a ser incluida en la “lista negra” de la CIDH

Es la décima quinta vez que el país es mencionado en el Capítulo IV del Informe Anual del organismo del sistema interamericano, en el cual figuran los Estados que no garantizan la plena vigencia de los derechos humanos. Sin embargo, en esta oportunidad se sumaron tres consideraciones adicionales: la alteración del orden democrático, la suspensión ilegítima del libre ejercicio de los derechos por la declaratoria de estados de excepción y la grave crisis institucional
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó este jueves 22 de marzo de 2018 su Informe Anual correspondiente a 2017, y por décima quinta vez Venezuela fue incluida en el Capítulo IV, la llamada “lista negra”, donde figuran los Estados que no garantizan la plena vigencia de los derechos humanos.

Los criterios para la inclusión de un país en el Capítulo IV están especificados en el artículo 59 del Reglamento de la CIDH. El año pasado, el organismo consideró que el Estado venezolano estaba incurso en dos causales:

  • “…violación grave de los elementos fundamentales y las instituciones de la democracia representativa previstos en la Carta Democrática Interamericana, que son medios esenciales para la realización de los derechos humanos (…) acceso discriminatorio o un ejercicio abusivo del poder que socave o contraríe el Estado de Derecho, tales como la infracción sistemática de la independencia del Poder Judicial o la falta de subordinación de las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida…”.
  • “…la persistencia de ‘la presencia de otras situaciones estructurales que afecten seria y gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales consagrados en la Declaración Americana (…)’ como las omisiones graves para cumplir las decisiones de la Comisión, así como para cumplir aquellas decisiones de la Corte IDH emitidas mientras este país estuvo bajo su jurisdicción y fue Estado parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

Además de las deficiencias establecidas el año anterior, en la evaluación correspondiente a 2017 la CIDH sumó otras tres consideraciones para justificar la inclusión de Venezuela en el Capítulo IV de su Informe Anual:

  • “una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático”.
  • “la suspensión ilegítima, total o parcial, del libre ejercicio de los derechos garantizados en la Declaración Americana o la Convención Americana, en razón de la imposición de medidas excepcionales tales como la declaratoria de un estado de emergencia, de un estado de sitio, la suspensión de garantías constitucionales, o medidas excepcionales de seguridad. (…) situaciones coyunturales o estructurales que estén presentes en Estados que por diversas razones enfrenten situaciones que afecten seria y gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales, consagrados en la Convención Americana o en la Declaración Americana. Este criterio incluye, por ejemplo: situaciones graves de violencia que dificultan el funcionamiento adecuado del Estado de Derecho; graves crisis institucionales; procesos de reforma institucional con graves incidencias negativas para los derechos humanos; u omisiones graves en la adopción de disposiciones necesarias para hacer efectivos los derechos fundamentales”.
  • “graves crisis institucionales que infrinjan el disfrute de derechos humanos”.

Como lo ha hecho reiteradamente, el Estado venezolano rechazó la inclusión del país en el Capítulo IV del Informe Anual de la CIDH. “Al igual que el resto de los países de la región, en materia de derechos humanos Venezuela tiene fortalezas y desafíos. No obstante, ningún análisis objetivo y no selectivo lleva a concluir que la situación de derechos humanos de República Bolivariana de Venezuela merezca una atención distinta al resto de los Estados partes de la Organización de Estados Americanos”, fue la respuesta que dio el Estado venezolano a la CIDH.

En esta oportunidad el reporte  de la CIDH sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela se fundamentó en el Informe País, titulado Institucionalidad Democrática, Estado de Derecho y Derechos Humanos en Venezuela y divulgado el 12 de febrero de 2018. Al momento de la presentación de dicho informe, el presidente de la CIDH y relator para Venezuela, Francisco Eguiguren, expresó: “La situación de Venezuela es gravísima, alarmante y catastrófica”.

Institucionalidad democrática

Según la CIDH, existe un “grave” debilitamiento de la institucionalidad democrática en Venezuela, lo cual ha profundizado -desde el 2015- la vulneración de derechos humanos en el país. “Se trata de una problemática compleja que tiene sus raíces en la injerencia del Poder Ejecutivo en los otros poderes públicos. Esta inobservancia del principio de separación de poderes se refleja de manera particularmente grave en la preocupante actuación del Poder Judicial, en especial en los dos últimos años”, explica el informe.

La Comisión aseguró que una serie de fallos del máximo tribunal del país obraron en contra de la Asamblea Nacional y afectaron el principio de independencia de poderes. Para la CIDH, las medidas solo acentuaron la crisis política. “Esta situación se agravó en el 2017 al punto de producirse una alteración del orden constitucional con las Sentencias Nº 155 y 156 emitidas por el TSJ el 28 y 29 de marzo, respectivamente, en las cuales levantó las inmunidades parlamentarias a los diputados de la AN, estableció que sus actos constituyen “traición a la patria”, otorgó al Poder Ejecutivo amplios poderes discrecionales, y se arrogó competencias del Poder Legislativo”, explicó el organismo.

Cuestionó la convocatoria –por parte del presidente Nicolás Maduro- a una Asamblea Nacional Constituyente por “exceder su naturaleza política” y afectar la separación de poderes y la democracia representativa contemplada en la Constitución Nacional y reconoció que la crisis constitucional desencadenó un “contexto de impunidad” que vulneró los derechos políticos de los venezolanos.

La CIDH considera que en el país existen serias restricciones y actos estatales que afectaron “gravemente” el ejercicio del derecho a la protesta social y libertad de expresión, que “llevan a afirmar la existencia de un serio deterioro en la vigencia de estos derechos”.

Protesta social y libertad de expresión

La Comisión Interamericana hizo énfasis en la discrepancia entre las normas y estándares internacionales y las medidas aplicadas por el gobierno de Nicolás Maduro durante las protestas antigubernamentales entre abril y julio de 2017, así como el establecimiento de prohibiciones absolutas al ejercicio de este derecho. “Durante 2017, se registró, además, un uso excesivo de armas de fuego directamente contra manifestantes y el uso indiscriminado de bombas lacrimógenas”, enfatizó la CIDH y destacó que dichas acciones “represivas” tuvieron un mayor impacto en niños, niñas, adolescentes, mujeres y adultos mayores.

El organismo de la OEA instó al Estado a “cesar la obstrucción del ejercicio legítimo del derecho a la protesta y frenar el uso de la fuerza contra los manifestantes; realizar capacitaciones en materia de uso de la fuerza a los funcionarios encargados de tareas se seguridad; abstenerse de involucrar cualquier otro cuerpo de seguridad distinto al policial en estas actividades; y adoptar medidas normativas para excluir el uso de armas de fuego en protestas sociales”.

 Es inaceptable para la CIDH el número de personas muertas y detenciones producidas en el marco de operativos para reprimirlas arbitrariamente”.

La Comisión documentó las restricciones al derecho a la libertad de expresión y constató la censura y el cierre de medios de comunicación, además de ataques a periodistas y reporteros gráficos. “En general, patrones de hostigamiento y criminalización de quienes emiten opiniones políticas o difunden información que no encuentra aprobación estatal. Estas medidas no responden a un marco normativo compatible con las obligaciones internacionales adquiridas por el Estado venezolano en esta materia y, en la práctica, han estado dirigidas al silenciamiento de las voces críticas del actual Gobierno. Su impacto en la democracia venezolana es evidente y merece atención prioritaria”, se afirma en el documento.

La represión no es la respuesta adecuada

“La violencia y criminalidad han ido en aumento en los últimos años, lo que ha afectado la vida diaria de toda la población y ha tenido un impacto mayor en personas, grupos y colectivos históricamente discriminados y en mayor riesgo de vulneración de derechos como las mujeres, los niños, niñas y adolescentes y las personas adultas mayores”, determinó la CIDH.

El organismo manifestó su preocupación por la respuesta del Estado, la cual “ha estado marcada por la militarización de la seguridad ciudadana y el involucramiento de civiles en tareas de seguridad, en particular a través de la implementación de la Operación Liberación del Pueblo (OLP) y el Plan Zamora (PZ)”.

La CIDH se hizo eco del incremento de 70% de las ejecuciones extrajudiciales en comparación con 2016, así como de 89 muertes violentas por casa 100.000 habitantes y un total de 26.616 fallecidos en todo el país.

Más crisis, más pobreza

La CIDH verificó la gravedad de la crisis económica y social en Venezuela, “caracterizada por el desabastecimiento generalizado de alimentos, medicamentos, tratamiento, material e insumo médico, entre otros”.

Se destaca que la escasez y el alto costo de alimentos y medicinas “ha provocado alarmantes índices de pobreza y pobreza extrema; así como serias dificultades para el goce de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de la población, tales como la alimentación, salud, educación y vivienda. El impacto ha sido mayor sobre grupos en situación de exclusión y discriminación histórica como niños, niñas y adolescentes, mujeres, personas adultas mayores y pueblos indígenas”.

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