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Acnur pide a todos los Estados garantizar derechos de los migrantes venezolanos

El organismo de Naciones Unidas propone mecanismos de protección asociados al libre tránsito, atención médica, acceso a albergue, unión familiar y derecho al trabajo.  
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David Matos  

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados exhortó a los Estados receptores a garantizar mecanismos de protección que permitan la estadía legal de los migrantes venezolanos en los países de destino con el fin de que se les facilite el ejercicio de sus derechos a la atención médica, el trabajo, la educación, la libre circulación, entre otros.

Los países deberán orientar sus políticas a estándares mínimos de protección internacional asociadas a mecanismos de legalidad,  accesibilidad, acceso a los servicios básicos y garantías de no retorno, independientemente de la fecha de entrada al país de acogida.

 Para acceder a estos mecanismos, Acnur insta a los Estados a que expidan a los venezolanos un documento oficial que sea reconocido por las autoridades gubernamentales. El documento deberá otorgarse a bajo costo y sin discriminación y debería aceptarse en varios lugares del territorio con el objetivo de garantizar que los costos de transporte no sean prohibitivos.

“Ni la entrada/presencia irregular ni la falta de documentos de identidad serían vistos como una razón válida para denegar el acceso a dicho mecanismo”

Entre los servicios básicos de los cuales pudiesen beneficiarse los venezolanos migrantes se encuentran la atención médica, acceso a la educación, unidad familiar, libertad de circulación, acceso a albergue y derecho al trabajo. Los estándares internacionales establecen que estos derechos deberán aplicarse de manera igualitaria y sin discriminación alguna.

Se espera que los Estados puedan ofrecer varias formas complementarias de protección internacional, bajo el derecho internacional de los derechos humanos, así como la protección temporal o acuerdos de estancia y mecanismos migratorios laborales o alternativos visados, los cuales pudiesen implementarse sin menoscabar el derecho de los venezolanos de solicitar asilo, especialmente en procedimientos de expulsión, deportación o no renovación de los permisos de residencia.

La agencia internacional reconoce la situación socioeconómica que atraviese Venezuela y, por ende, solicita a los Estados que los beneficiarios de estas formas complementarias no sean deportados, expulsados ni obligados a regresar a Venezuela, de acuerdo con el derecho internacional de los refugiados y los derechos humanos.

Acnur establece estos lineamientos acordes a las normativas nacionales y regionales establecidas, particularmente, en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y la Declaración de Cartagena, los cuales han reconocido que la protección internacional tiene fines humanitarios y no políticos.

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