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Alfredo Meza: Es imposible enfrentar un juicio con garantías en Venezuela

Tres editores y un periodista del portal de investigación periodística Armando.Info fueron demandados por difamación agravada continuada e injuria agravada; delitos tipificados en el Código Penal venezolano, que son castigados con prisión de dos a cuatro años y una multa de entre doscientas y quinientas unidades tributarias. Los demandados se encuentran hoy en el exilio.

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David Matos

Los editores del portal de periodismo de investigación Armando.Info, Alfredo Meza, Ewald Scharfenberg y Joseph Poliszuk, y el redactor Roberto Deniz, fueron demandados por el empresario colombiano Alex Nai Saab Moran ante el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, luego de una publicación que lo vincula con la venta de alimentos al gobierno de Nicolás Maduro para el plan estatal de los Comité Locales de Abastecimiento y Producción (Clap).

El editor Alfredo Meza relató a Proiuris que el equipo reporteril de Armando.Info comenzó a recibir amenazas a través de la red social Twitter en el mes de septiembre, luego de la publicación de dos reportajes de investigación clásica redactados por el periodista Roberto Deniz en los que develó cómo empresarios negocian el mecanismo de las cajas Clap con el gobierno nacional para duplicar su patrimonio. “Los trabajos publicados no revelan hechos ilícitos cometidos por Saab Moran, sino que refieren cómo él está conectado con estas negociaciones”, aseguró.

Los delitos imputados a los reporteros en la querella privada presentada por Saab el 8 de septiembre de 2017 fueron difamación agravada continuada, establecido en el artículo 442 del Código Penal, e injuria agravada, establecido en el artículo 444. Ambos son castigados con penas de uno a cuatro años de prisión y multas de 200 unidades tributarias (por el delito de difamación agravada continuada) y de 200 a 500 unidades tributarias (por el delito de injuria agravada).

Saab acusó como principal responsable al periodista Roberto Deniz, quien escribió los textos “Empresarios cuestionados en Ecuador y EE.UU. le venden comida al Gobierno venezolano”, publicado el 23 de abril de 2017, y “De Veracruz a la Guaira: un viaje que une a Nicolás Maduro con Piedad Córdoba”, publicado el 3 de septiembre de 2017.

Meza explicó que la investigación surgió por el interés de conocer quiénes eran los últimos beneficiarios del mecanismo de distribución de las cajas Clap que utiliza el gobierno nacional para abastecer a la población venezolana y, a su parecer, para reforzar su control político. “Deniz fue quien pudo comprobar la información a través de consultas en registros  y nosotros nos encargamos de evaluar línea por línea lo que salió publicado”, dijo.

El Juzgado Undécimo del Circuito Judicial Penal de Caracas admitió la demanda el 27 de septiembre de 2017 y ese mismo día envió las boletas de citación al equipo reporteril.  Solo Deniz fue notificado de la demanda por escrito en la sede del medio de comunicación social.

Los reporteros se reunieron con sus abogados y evaluaron la posibilidad de una posible salida del país ante la admisibilidad de la demanda por parte del tribunal. “Pensábamos enfrentar el juicio en Venezuela, pero luego concluimos que no era posible enfrentar un proceso con garantías porque no existe una justicia imparcial. Nosotros no vamos a someternos a un simulacro de justicia. Somos más útiles si podemos seguir trabajando”, manifestó Roberto Meza.

Precedentes negativos

La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión establece en su artículo 10 que las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión sobre informaciones de interés público. Aunque el derecho al honor de las personas estará garantizado, a través de sanciones civiles, en casos en los que se atente contra su reputación; los demandantes deberán comprobar que el fin de la publicación fue el de causar  daño a través de informaciones falsas o en las que se haya actuado con negligencia en la búsqueda de la verdad.

El Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela registra, luego de la demanda contra el equipo de Armando.Info, 31 acciones legales por difamación e injuria a periodistas, directivos y juntas editoriales de medios de comunicación social entre 2002 y 2018.

De esta cifra destacan dos casos emblemáticos. El primero consiste en una demanda penal y civil por difamación interpuesta por Yamal Mustafá, director del diario Primicia en el estado Bolívar, contra David Natera, dueño y director del Correo del Caroní, luego de una serie de reportajes sobre hechos de corrupción en Ferrominera del Orinoco en los que habría estado implicado Mustafá.

Meza considera que este caso guarda similitudes con la demanda de Armando.Info, puesto que los demandantes son empresarios que guardaron relación con el gobierno nacional y rechazaron investigaciones de naturaleza netamente informativa. Natera fue sentenciado y el periódico Correo del Caroní enfrenta una demanda civil que pudiese quebrar la empresa.

El segundo caso a destacar fue la querella privada interpuesta por parte de Diodado Cabello, primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) contra 22 directivos y miembros de los consejos editoriales de los medios impresos El Nacional y Tal, y el portal web La Patilla en mayo de 2015, cuando Cabello cumplía funciones como presidente de la Asamblea Nacional. El hecho ocurrió luego que los medios de comunicación social replicaran un reportaje informativo publicado por el periódico ABC de España que vinculada al ex presidente del Parlamento con el narcotráfico.

Estos hechos vulneran los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela sobre el derecho que tienen los ciudadanos de buscar, recibir y difundir información de interés público a través de cualquier medio de comunicación sin que pueda establecerse censura, salvo las responsabilidades ulteriores por los mensajes emitidos.

Por su parte, el numeral 11 de la Declaración de Principios establece que los funcionarios públicos deben estar sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad que permita el libre debate democrático. Este principio refiere a que las leyes que penalizan la expresión ofensiva, conocidas como las “leyes de desacato” atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información.

A través de una nota de prensa, el equipo de Armando.Info aseguró que continuarán trabajando con su línea editorial y con la publicación de reportajes de investigación de largo alcance. Por los momentos, los periodistas se encuentran fuera del país en busca de protección.

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