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¿Es violencia política reclamar cambios por la crisis de alimentos y medicinas?

La denominada Ley contra el Odio aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente puede conducir a la violación de derechos fundamentales, alertó el director de Proiuris, Nizar El Fakih

Prensa-Proiuris

Nizar el Fakih, director general de la organización no gubernamental Proiuris, advirtió que la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente y publicada en la Gaceta Oficial 41.274 del 8 de noviembre de 2017, podría utilizarse para coartar derechos fundamentales de los venezolanos.

El Fakih explicó que el problema central radica en que es el gobierno el que interpreta qué es un mensaje de odio o de violencia: “Al ello ser así, cualquier mensaje crítico, promoción de ideologías distintas a la oficial y convocatorias a actos de protesta antigubernamentales pueden ser utilizados maliciosamente para coartar derechos fundamentales”.

En opinión del director de Proiuris, la aplicación de estas resoluciones puede conducir a la violación de la libertad de expresión, la libertad de manifestación, la libertad de asociación con fines políticos (lo cual incluye la posibilidad de crear partidos políticos), así como al derecho a la participación en la vida política del país.

Cuestionó el  término “toda forma de odio, desprecio, hostigamiento, discriminación y violencia” política, referido en el artículo 1 de la normativa, pues considera que está planteado de modo abstracto y que, de hecho, ya ha sido utilizado acomodaticiamente por el gobierno para criminalizar toda forma de disenso.

“¿Es violencia política convocar protestas contra el gobierno? ¿Es violencia política oponerse, disentir? ¿Es violencia política promover otra forma de hacer gobierno? ¿Es violencia política reclamar cambios por la crisis de alimentos y de medicinas?”, preguntó, Y luego razonó: “Evidentemente, eso no es violencia política, sino el ejercicio legítimo de las libertades democráticas garantizadas en la Constitución y en los tratados internacionales”.

El abogado afirmó que las reglas impuestas por la Asamblea Nacional Constituyente, constituyen un mecanismo de censura que no solo afecta a los medios de comunicación social, sino a los integrantes de partidos políticos y los ciudadanos en general, pues, por ejemplo, se restringe el uso de las redes sociales.

La nueva normativa aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente fue expresamente solicitada por el presidente de la República, Nicolás Maduro. El Fakih  destacó que la denominada ley procede de un órgano político completamente sesgado a favor del gobierno que no tiene legitimidad de origen, porque fue creado violando la propia Constitución, que carece del mínimo de pluralidad propia de cualquier órgano deliberante en un sistema democrático, y que constituye un acto írrito pues no se siguieron los protocolos procedimentales mínimos que exigen consultas previas con la sociedad civil.

«La denominada ley hace referencia al poder popular, paradójicamente el mismo que fue burlado al convocarse la Constituyente. La Constitución dispone que los ciudadanos debían ser lo convocantes y los que debían decidir cómo iban a conformarse las bases comiciales. Ninguna de las dos cosas ocurrió. El presidente violó la Constitución al convocar la Constituyente unilateralmente e imponer las bases comiciales. Entonces, cualquier mención al pueblo o al poder soberano, por parte de la Constituyente, no es más que una contradicción con su propio nacimiento», insistió el director de Proiuris.

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