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Venezuela es responsable por la muerte de cadete de la Guardia Nacional

La Corte Interamericana determinó que se violó el derecho a la vida y a la integridad personal de Johan Alexis Ortiz Hernández.
El estado venezolano es responsable de la muerte de Johan Alexis Ortiz Hernández, cadete de la Guardia Nacional, quien murió abaleado durante un ejercicio militar, al no haber garantizado su derecho a la vida y seguridad personal.  Así lo señala la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, emitida el 22 de agosto de 2017.
El tribunal también determinó que Venezuela violó el derecho de los padres de Ortiz del tener acceso a la justicia, al haber tramitado el caso ante la jurisdicción militar, por deficiencias en la investigación y el proceso, así como debido a la impunidad que ha habido con el caso hasta hoy.
No obstante, la Corte-IDH  reconoció la buena voluntad de Estado que pidió disculpas públicas por el hecho y reconoció parcialmente su responsabilidad. La Corte Interamericana determinará el alcance de este reconocimiento y determinará la responsabilidad internacional de Venezuela a la luz de la Convención Americana de Derechos Humanos.
La muerte de Ortiz data de 1998. El joven de 19 recibió varios disparos de bala mientras realizada ejercicios militares en la Escuela de Formación de Guardias Nacionales de Cordero.   El cadete fue trasladado al Hospital San Rafael donde murió a consecuencia de las heridas. Las circunstancias en que ocurrieron los hechos nunca se determinaron, no hubo imputados ni responsables por el deceso.
En la celebración de la audiencia pública ante el máximo tribunal hemisférico, el Estado venezolano reconoció su responsabilidad internacional por la violación del derecho a la vida en la persona de Ortiz y pidió perdón a sus padres.  También calificó de inaceptable que las autoridades de la época hayan desatendido las regulaciones que existían para el desarrollo de este tipo de prácticas.
El Estado también reconoció su responsabilidad internacional  derivada de la violación a los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial como “como consecuencia de la demora excesiva del proceso judicial destinado a establecer responsabilidades por la muerte del joven Johan Alexis Ortiz Hernández” según reza la sentencia.

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